Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2013 (19/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2013

Articulo 1°.- Dar por concluida la designacion del Vicealmirante (R) MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ribeyro, como Consejero para Asuntos de Mantenimiento MORDAZA en la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de las Naciones Unidas, al 28 de febrero de 2013, dandose las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Articulo 2°.- Variar la fecha de termino del viaje al exterior autorizado mediante Resolucion Suprema N° 024-2012-DE/SG, de fecha 23 de enero de 2012, en el sentido de considerarla al 28 de febrero de 2013. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 891308-4

Aprueban cargos vacantes a ser desempenados por el Personal Superior y Personal Tecnico de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomaticas en el exterior
RESOLUCION SUPREMA Nº 017-2013 DE/ MORDAZA, 18 de enero de 2013 VISTO: El Informe Nº 001-2013 DGRIN-AL, de fecha 7 de enero de 2013, de la Direccion General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, determina la naturaleza de la funcion del personal militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, el cual, brinda un servicio de naturaleza publica relacionado a los aspectos de Seguridad y Defensa, en las diversas Misiones Diplomaticas y Representaciones Permanentes ante Organismos Internacionales de las cuales el Peru forma parte; sujetandose a la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas y demas normas internacionales que resulten aplicables; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º del Reglamento precitado, los Agregados son de Defensa; excepcionalmente, cuando lo justifique la naturaleza de las relaciones existentes y de la gestion a desempenar, los Oficiales podran ser nombrados como Agregados Militar, MORDAZA o Aereo; Que, los Agregados Adjuntos, coadyuvan al ejercicio de las funciones de los Agregados de Defensa, tal como lo establece el literal b) del articulo 4º citado en el parrafo precedente; Que, ambos cargos son desempenados por Personal Superior de las Fuerzas Armadas, los cuales son acreditados a una Mision Diplomatica o Representacion Permanente ante un Organismo Internacional; Que, el literal a) del articulo 8º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision

Diplomatica, establece que el Ministro de Defensa aprobara el numero de vacantes y la propuesta de cargos a desempenar por el personal militar en Mision Diplomatica; en ese sentido, la propuesta tendra en consideracion la dependencia tecnica, logistica y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes paises y Organismos Internacionales; Que, el literal b) del referido articulo 8º, senala que los cargos a desempenar por el personal militar en Mision Diplomatica, se estableceran mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa; Que, el articulo 9º del mismo Reglamento, prescribe que el nombramiento del personal militar en Mision Diplomatica es por un periodo MORDAZA de dos (2) anos; Que, el articulo 14º de la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1143, establece que el Oficial en situacion de actividad podra ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la Republica, en representacion de su Institucion; en este caso debera tener por lo menos dos (2) anos MORDAZA de estar incurso en las causales para el pase a retiro previstas en los articulos 45º y 46º de la citada Ley; Que, en atencion a las razones expuestas, es necesario aprobar los cargos a desempenar por el personal militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica a partir del 1 de febrero de 2013 y por un periodo MORDAZA de dos (2) anos; De conformidad con lo dispuesto por el literal 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1143; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 0282006-DE/SG, que aprueba el Reglamento del personal militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los cargos vacantes a ser desempenados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomaticas en el exterior, a partir del 1 de febrero de 2013 y por un periodo MORDAZA de dos (2) anos, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Agregado de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia y concurrente en la Republica del MORDAZA (FAP). 2. Agregado de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil (FAP). 3. Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil (EP). 4. Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA (EP). 5. Agregado de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA (MGP). 6. Agregado de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA (FAP). 7. Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en la Republica de Colombia (EP). 8. Agregado de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica de Colombia (MGP). 9. Agregado de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica de Colombia (FAP). 10. Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Peru en la Republica de Corea (EP). 11. Agregado de Defensa Adjunto y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador (MGP). 12. Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en el Reino de Espana (EP). 13. Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA (EP). 14. Agregado de Defensa Adjunto y MORDAZA a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA (MGP). 15. Agregado MORDAZA Adjunto a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA (MGP).

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