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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2013 486459 bonariensis), proveniente de la Laguna de Pacucha, tendrán un plazo de siete (7) días calendario contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para su comercialización; siempre que presenten una declaración jurada sobre dicho stock a la Dirección Subregional de la Producción de Andahuaylas del Gobierno Regional de Apurímac. Artículo 4°.- El recurso pejerrey argentino (Odontesthes bonariensis) proveniente de ambientes hídricos de libre extracción, podrá ser comercializado y utilizado en el departamento de Apurímac, siempre que se acredite su procedencia a través de documentos, debiendo cumplir estrictamente con las normas sanitarias vigentes. Artículo 5°.- La Dirección Regional de la Producción de Apurímac y la Dirección Subregional de la Producción de Andahuaylas, quedan exceptuadas de lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, cuando sus acciones sean realizadas con fi nes de evaluación o acuicultura. Artículo 6°.- Las personas naturales y jurídicas que contravengan las disposiciones contenidas en la presente Resolución Ministerial, serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por Decreto Supremo N° 019-2011-PRODUCE, y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 7°.- Las Direcciones Generales de Supervisión y Fiscalización, de Sanciones, de Políticas y Desarrollo Pesquero del Ministerio de la Producción; la Dirección Regional de la Producción de Apurímac y la Dirección Subregional de la Producción de Andahuaylas del Gobierno Regional de Apurímac; el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 891312-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje a Chile de funcionario diplomático en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0040/RE-2013 Lima, 17 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, del 26 al 27 de enero de 2013, el señor Presidente de la República participará en la I Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños – Unión Europea (CELAC-UE), a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, el 28 de enero de 2013, el señor Presidente de la República participará también en la I Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), a realizarse en la misma ciudad; Que, con la fi nalidad de coordinar la ejecución de aspectos logísticos, protocolares y de ceremonial vinculados a la participación del señor Presidente de la República en la I Cumbre CELAC-UE y en la I Cumbre CELAC, es necesario que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo José Castro Pérez- Canetto, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 24 al 28 de enero de 2013; Teniendo en cuenta el Memorándum (CER) Nº CER0011/2013, de la Dirección de Ceremonial, de 10 de enero de 2013, y (OPR) Nº OPR00192013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 14 de enero de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo José Castro Pérez-Canetto, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 24 al 28 de enero de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385: Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomático, Privilegios e Inmunidades, debiendo presentar la rendición de cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Alfredo José Castro Pérez- Canetto 897.00 200.00 5 + 1 1,392.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 891128-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Constituyen la Comisión Consultiva de Trabajo del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2013-TR Lima, 18 de enero de 2013