Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2013 (19/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2013

Que, el articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010TR, establece dentro de la Estructura Organica del Ministerio como Organos Consultivos, a las Comisiones Consultivas, las cuales tienen como funcion asesorar, analizar y absolver consultas y emitir opinion sobre politicas, estrategias y planes que el Ministerio someta a su consideracion; Que, el articulo 18º del citado Reglamento establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo tiene dos comisiones consultivas, entre ellas, la Comision Consultiva en materia de Trabajo, dicha comision estara conformada por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia en materia del sector Trabajo, cuyos miembros seran designados por Resolucion Suprema; Que, el articulo 37º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que el cargo de miembro de la Comision Consultiva es honorario, de confianza y no lo inhabilita para el desempeno de ninguna funcion publica o actividad privada; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase la Comision Consultiva de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, presidida por la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, la cual estara encargada de asesorar, analizar y absolver consultas y emitir opinion sobre politicas, estrategias y planes que la Ministra someta a su consideracion. Articulo 2º.- La Comision Consultiva de Trabajo estara conformada por los siguientes miembros: - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hunt - Senor MORDAZA MORDAZA Villaran de la MORDAZA - Senor MORDAZA Verdera Verdera - Senor MORDAZA MORDAZA Costa - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cortes Carcelen - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Senora MORDAZA Lisetta Teullet Pipoli - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Los miembros de la Comision Consultiva se reunen cada vez que los convoque la Ministra. Articulo 3º.- Dejese sin efecto todas las normas que se opongan a la presente resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 891313-5

Aprueban la "Matriz de Metas e Indicadores de Desempeno 2013 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gobierno"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 007-2013-TR MORDAZA, 15 de enero de 2013 VISTO: El Oficio Nº 041-2013-MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece entre las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, disenar y supervisar politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 22.2 del articulo 22º de la referida Ley, senala que corresponde a los ministerios ejecutar y supervisar politicas nacionales y sectoriales; Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, prescribe en su articulo 3º, que el sector trabajo y promocion del empleo comprende el Ministerio, las entidades a su cargo y aquellas organizaciones publicas de nivel nacional y de otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ambito de competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modificatorias, se establecieron las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todas las Entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios publicos del Estado impulsen transversalmente su promocion y ejecucion, en adicion al cumplimiento de las politicas sectoriales; Que, el referido decreto supremo en su articulo 3º establece que, mediante resolucion ministerial, cada ministerio debera aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el conjunto de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, en ese sentido, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado la "Matriz de Metas e Indicadores de Desempeno 2013 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gobierno", la misma que es necesario aprobar; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, del Secretario General, y de los Jefes de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y de Planeamiento y Presupuesto; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal b) del articulo 7º de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; y el Decreto Supremo Nº 027-2010-PCM y modificatorias, que define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Matriz de Metas e Indicadores de Desempeno 2013 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gobierno", que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 2º.- Los Directores, Jefes y Coordinadores de los Organos, Unidades Organicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo son responsables del cumplimiento de las metas e indicadores a que hace referencia el articulo precedente.

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