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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2013 486456 Designan Coordinadora General de la Unidad Central de Focalización de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 013-2013-MIDIS Lima, 18 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, según lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a partir de la vigencia de dicha ley, la Unidad Central de Focalización, a cargo de la operación del Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh), se encuentra bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con carácter permanente; Que, en ese sentido, resulta conveniente designar a la persona que desempeñará las funciones de Coordinador General de la Unidad Central de Focalización de la Dirección General de Gestión de Usuarios; Que, dicho cargo se encuentra previsto en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Desarrollo en Inclusión Social, aprobado por Resolución Suprema N° 001-2013-MIDIS y reordenado por Resolución Ministerial N° 012-2013-MIDIS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; y su Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por Resolución Suprema N° 001- 2013-MIDIS y reordenado por Resolución Ministerial N° 012-2013-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Jeanette Noborikawa Nonogawa, en el cargo de Coordinadora General de la Unidad Central de Focalización de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 891271-3 ECONOMIA Y FINANZAS Prorrogan la vigencia del Decreto Supremo N° 001-2012-JUS, que dispone la reducción de tasas registrales en diversos rubros correspondientes al Registro de Predios y al Registro de Personas Jurídicas DECRETO SUPREMO Nº 005-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10º de la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, de acuerdo al artículo 58º de la Constitución Política del Perú, en una economía social de mercado, corresponde al Estado orientar y promover el desarrollo del país y actuar, entre otros, en la prestación de los servicios públicos; Que, la actual política del Gobierno en materia de desarrollo e inclusión social tiene como fi nalidad reducir la pobreza, las desigualdades, la exclusión y las vulnerabilidades, para cuyo efecto el Estado asume responsabilidad en la superación de los problemas sociales, generando mecanismos viables para la atención de los diversos segmentos poblacionales, constituyendo uno de ellos el acceso a los Registros Públicos y consiguiente seguridad jurídica de la población a nivel nacional; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú dispone que los tributos se crean, modifi can o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo; Que, mediante los Decretos Supremos Nº 37-94-JUS y Nº 017-2003-JUS se aprobaron las tasas registrales para el Registro de Predios y para el Registro de Personas Jurídicas, respectivamente; Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2012-JUS, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 19 de enero de 2012, se aprobó la reducción de tasas registrales en diversos rubros correspondientes al Registro de Predios y al Registro de Personas Jurídicas, con el objeto de promover y facilitar el clima de negocios en el Perú, mejorando el nivel de competitividad y ubicación del país en el ranking “Doing Business”; Que, considerando el impacto del citado Decreto Supremo en la población usuaria de los servicios registrales, es conveniente prorrogar su vigencia por un (01) año adicional, a fi n de continuar brindando facilidades en la inscripción de actos registrales en el Registro de Predios y promoviendo la formalización de las empresas a través de su inscripción en el Registro correspondiente; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modifi catorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector competente y el Ministerio de Economía y Finanzas, se fi ja la correspondiente cuantía de las tasas; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos; el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modifi catorias y la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Prorrogar por un (01) año adicional la vigencia del Decreto Supremo N° 001-2012-JUS, a través del cual se aprobó la reducción de tasas registrales correspondientes a los Registros de Predios y Personas Jurídicas, a fi n de promover y facilitar el clima de negocios en el Perú, mejorando el nivel de competitividad y ubicación del país en el ranking “Doing Business”. Artículo 2º.- Tasas aplicables Las tasas que se aplicarán serán las mismas que fueron aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2012- JUS.