Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2013 (25/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2013 486843 RUTAS Y FRECUENCIAS: (además de las ya autorizadas) - Lima/ Pucallpa / Iquitos / Pucallpa / Lima, con siete (07) frecuencias mínimas semanales. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 285-2009-MTC/12 del 27 de noviembre del 2009 y Resolución Directoral Nº 188-2012-MTC/12 del 18 de junio del 2012 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMON GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 889526-1 VIVIENDA Declaran concluido proceso de transferencia de la función establecida en el art. 58 lit. g) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento, al Gobierno Regional del Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2013/VIVIENDA Lima, 24 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal g) del artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es función específi ca en materia de vivienda y saneamiento de los Gobiernos Regionales, el aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones; Que, por Decreto Supremo N° 025-2006-VIVIENDA, se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiéndole a este Ministerio la calidad de ente incorporante; y por Resolución Ministerial N° 291-2006-VIVIENDA, se dispuso la absorción por parte de la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo de los órganos y dependencias a cargo de la función normativa de competencia del CONATA; así como por Resolución Ministerial N° 010- 2007-VIVIENDA, se estableció que la Dirección Nacional de Urbanismo tendría a su cargo la función normativa referida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, el cual comprende al literal g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 003-2008- PCM/SD “Directiva para la Culminación e Implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, estableciéndose pautas para la suscripción de las actas de entrega y recepción, actas sustentatorias e informes fi nales, que se elaboran en la etapa de efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales; Que, el literal e) del numeral 5.1) de la mencionada Directiva, dispone que los Ministerios emitirán la respectiva Resolución Ministerial dando a conocer a las entidades del sector público y privado y a los ciudadanos en general, la culminación del proceso de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, las cuales deberán estar debidamente detalladas, en las materias que corresponda, a fi n de que la atención de los servicios públicos asociados a dichas funciones transferidas se canalice adecuadamente; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 063-2009-PCM-SD, se reconoce a la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargada, entre otros, de culminar el proceso de transferencia de funciones pendientes de transferir por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a los Gobiernos Regionales, entre las cuales está comprendida la función establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, por Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, se establecen medidas para continuar las transferencias programadas en los Planes Anuales de Transferencia de los años 2007 al 2010, entre los cuales se encuentra comprendida la función establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 547-2011-PCM/SD, se acreditó al Gobierno Regional del Cusco, a efectos que reciba la función específi ca establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Gobierno Regional del Cusco, han suscrito las respectivas Actas de Entrega y Recepción, Actas Sustentatorias e Informe Final, previstos en la etapa de efectivización del proceso de transferencia, por lo que es necesario emitir la Resolución Ministerial que declare concluido el proceso de transferencia de la función prevista en el literal g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento, al Gobierno Regional mencionado; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, que aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”; el Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, que establece medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010; y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, que aprobó la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD “Directiva para la Culminación e Implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar concluido el proceso de transferencia de la función establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento, considerada en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, al Gobierno Regional del Cusco; al haberse suscrito las respectivas Actas de Entrega y Recepción previstas en la etapa de efectivización del proceso de transferencia. Artículo 2.- Establecer que a partir de la fecha, el Gobierno Regional del Cusco es competente para el ejercicio de la función a que se refi ere en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE HUMBERTO MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Vivienda, Construcción y Saneamiento 893754-1 Declaran concluido proceso de transferencia de la función establecida en el art. 58 lit. g) de la Ley Órganica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento, a los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ancash, Apurímac y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 017-2013-VIVIENDA Lima, 24 de enero de 2013