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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2013 486826 En Cuadro Nro. 2 se podrá apreciar la inversión total por cada campaña a ejecutarse en el año 2013. CUADRO Nº 2 TOTAL INVERSIÓN CAMPAÑAS CAMPAÑAS MIDIS 2013 UNIDAD EJECUTORA MES PROPUESTO DE EJECUCION DURACION DE CAMPAÑA S/. LANZAMIENTO QALI WARMA - INTRIGA QALI WARMA FEBRERO 01 SEMANA 2,021,772.54 PROVEEDORES QALI WARMA FEBRERO 02 SEMANAS 959,335.00 CAES - COMITÉ ALIMENTACION ESCOLAR QALI WARMA FEBRERO 01 SEMANA 541,577.72 IMAGEN PENSION 65 FEBRERO 02 SEMANAS 1,871,398.40 LANZAMIENTO QALI WARMA - DEVELAMIENTO QALI WARMA MARZO 02 SEMANAS 2,379,323.78 RECTORIA MIDIS EN LA POLITICA SOCIAL SEDE CENTRAL ABRIL - MAYO 02 SEMANAS 2,893,830.00 PROVEEDORES II QALI WARMA MAYO 01 SEMANA 556,413.26 MIDIS - DESARROLLO INFANTIL SEDE CENTRAL MAYO - JUNIO 23 SEMANAS 1,203,034.00 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS PENSION 65 JUNIO 02 SEMANAS 1,871,398.40 CAMPAÑAS MIDIS 2013 UNIDAD EJECUTORA MES PROPUESTO DE EJECUCION DURACION DE CAMPAÑA S/. CAES II - COMITÉ ALIMENTACION ESCOLAR QALI WARMA DICIEMBRE 01 SEMANA 541,577.72 TOTAL 14´839,660.81 6. RESPONSABILIDADES La Ofi cina General de Comunicaciones es responsable de realizar la supervisión y seguimiento al cumplimiento del PLAN ESTRATÉGICO DE PUBLICIDAD 2013. Asimismo, destinará los recursos presupuestales necesarios para las campañas de: Rectoría MIDIS en la Política Social y MIDIS - Desarrollo Infantil. El Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, es responsable de destinar los recursos presupuestales necesarios para las campañas de: Imagen “Pensión 65” y Servicios Complementarios. El Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, es responsable de destinar los recursos presupuestales necesarios para las campañas: Lanzamiento Qali Warma - Intriga; Proveedores, CAES - Comité Alimentación Escolar; Lanzamiento Qali Warma - Develamiento; Proveedores II; CAES II - Comité Alimentación Escolar. 893749-1 NRO. CAMPAÑA UNIDAD EJECUTORA DIFUSION EN MEDIOS MASIVOS TOTAL PUBLICIDAD TV RADIO DIARIOS 5 LANZAMIENTO QALI WARMA - DEVELAMIENTO QALI WARMA S/. 1,408,842.12 S/. 719,268.82 S/. 251,212.84 S/. 2,379,323.78 6 RECTORIA MIDIS EN LA POLITICA SOCIAL SEDE CENTRAL S/. 1,500,000.00 S/. 385,000.00 S/. 130,000.00 S/. 2,015,000.00 7 PROVEEDORES II QALI WARMA S/. 0.00 S/. 353,435.37 S/. 194,916.45 S/. 548,351.82 8 MIDIS - DESARROLLO INFANTIL SEDE CENTRAL S/. 0.00 S/. 1,203,034.00 S/. 0.00 S/. 1,203,034.00 9 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS PENSION 65 S/. 1,361,403.76 S/. 312,369.60 S/. 197,625.04 S/. 1,871,398.40 10 CAES II - COMITÉ ALIMENTACION ESCOLAR QALI WARMA S/. 0.00 S/. 398,222.33 S/. 135,293.95 S/. 533,516.28 TOTAL S/. 13.928.585,07 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 020-2013-EF/15 Lima, 22 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modifi cada por las Leyes N° 28323 y N° 29788, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el numeral 16.5 del artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modifi catorias, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas determinará los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre, según sea el caso, los que serán aprobados mensualmente a través de una Resolución Ministerial; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales de este Ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante el Ofi cio N° 077-2012-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, según el Ofi cio Nº 05- 2013-SUNAT/4C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Ofi cio Nº 0023-2012-SE-DGPU/DE, la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera del mes de diciembre de 2012, según lo indicado en el informe N° 02-2013-EF/64.03; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2012; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera y sus modifi catorias, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modifi catorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2012, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del país