Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2013 (25/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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- CONAPISCO, encargada de apoyar el desarrollo de la actividad productora de MORDAZA, a traves de propuestas normativas, acciones de promocion, difusion y asistencia tecnica y medidas de toda indole, con la finalidad de potenciar la ventaja competitiva de su inigualable calidad, asi como respaldar la promocion nacional e internacional del MORDAZA como bebida de bandera del Peru; la cual estaria integrada, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de Agricultura; Que, por Decreto Supremo Nº 023-2009-PRODUCE se establecio que, la mencionada Comision Nacional tambien fiscalizaria la certificacion de la calidad de los productos que cuenten con autorizacion de uso de la denominacion de origen MORDAZA conforme a la MORDAZA Tecnica Peruana Nº 211.001:2006, para su comercializacion; Que, por Resolucion Ministerial Nº 1213-2006-AG de fecha 22 de setiembre de 2006, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA Sayan MORDAZA, como representante titular del Ministerio de Agricultura ante la Comision Nacional del MORDAZA - CONAPISCO; Que, el articulo 50 del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF, del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, senala que la Direccion General de Competitividad Agraria; organo de linea cuyas funciones se encuentran relacionadas con los objetivos generales y estrategicos de la CONAPISCO; es la encargada de proponer y ejecutar politicas publicas, estrategias y planes nacionales orientados a propiciar la competitividad del sector agrario en terminos de sostenibilidad economica, social y ambiental; Que, el literal a. del articulo 53 del ROF MORDAZA citado, preve que, la Direccion de Promocion de la Competitividad de la Direccion General de Competitividad Agraria, tiene entre sus funciones, promover la competitividad de los productores agrarios, en terminos de asociatividad, produccion, transformacion y comercializacion de productos agrarios; Que, a traves del Informe Tecnico Nº 071-2012-AGDGCA-DPC/CQB, que sustenta el Oficio Nº 2285-2012-AGDGCA/DG, la Direccion General de Competitividad Agraria concluye que, es necesario actualizar la designacion de los representantes de nuestro sector ante la Comision Nacional del MORDAZA, recomendando se designe al Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria y al Director de la Direccion de Promocion de la Competitividad de la Direccion General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la citada Comision; Que, en consecuencia, es necesario dar por concluida la designacion efectuada por Resolucion Ministerial Nº 1213-2006-AG, y designar a los representantes del Ministerio de Agricultura ante la Comision Nacional del MORDAZA - CONAPISCO; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA Sayan MORDAZA, como representante titular del Ministerio de Agricultura ante la Comision Nacional del MORDAZA - CONAPISCO, efectuada por Resolucion Ministerial Nº 1213-2006-AG de fecha 22 de setiembre de 2006. Articulo 2.- Designar al Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria y al Director de la Direccion de Promocion de la Competitividad de la Direccion General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la Comision Nacional del MORDAZA - CONAPISCO. Articulo 3.- Notificar la presente Resolucion a la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional del MORDAZA CONAPISCO, y a los representantes designados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura

Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de pecana con cascara y sin cascara secada al natural de origen y procedencia Uruguay
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0005-2013-AG-SENASA-DSV
17 de enero de 2013 VISTO: El Informe ARP Nº 001-2013-AG-SENASA-DSVSARVF de fecha 14 de enero de 2013, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de pecana con cascara y sin cascara (Carya illinoensis (Wangenh.) K.Koch.) secada al natural de origen y procedencia Uruguay, y ; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial de Comercio; Que, el articulo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 0002-2012-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde estan agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra en forma ascendente; Que, ante el interes de la empresa Corporacion de Alimentos S.A.C. en importar al MORDAZA pecana con cascara y sin cascara (Carya illinoensis (Wangenh.) K. Koch.) secada al natural de origen y procedencia Uruguay; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Direccion de Sanidad Vegetal del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de pecana con cascara y sin cascara (Carya illinoensis (Wangenh.) K. Koch.) secada al natural de origen y procedencia Uruguay de la siguiente manera:

892759-3

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