Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2013 (29/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 29 de enero de 2013

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE

487053

Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 894867-5

Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Presidente del Tribunal Constitucional, Magistrado MORDAZA Urviola Hani, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, para participar en el Congreso mencionado en la parte considerativa de la presente resolucion, que se desarrollara del 29,al 31 de enero de 2013, y para participar en las ceremonias extra curriculares protocolares a realizarse los dias 31 de enero y 1 de febrero de 2013. Articulo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolucion irrogara egreso del presupuesto del Tribunal Constitucional solo en lo concerniente a una parte de los viaticos por concepto de alimentacion y movilidad, segun el siguiente detalle: · Presidente del Tribunal Constitucional, Magistrado MORDAZA Urviola Hani Viaticos x 01 dia Gastos de instalacion US$ 240.00 US$ 240.00

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan viaje del Presidente del Tribunal Constitucional para participar en evento que se realizara en la Republica Dominicana
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 031-2013-P/TC MORDAZA, 22 de enero de 2013 VISTA La Carta PTC-298-2012 de fecha 22 de octubre de 2012, remitida por el Dr. MORDAZA Ray MORDAZA, Presidente del Tribunal Constitucional de Republica Dominicana, el correo electronico de fecha 26 de noviembre de 2012, remitido por la Licenciada Manolita MORDAZA, Jefa del Gabinete del despacho del Presidente del Tribunal Constitucional de Republica Dominicana; la comunicacion del 9 de enero de 2013 cursada por el senor MORDAZA MORDAZA, Coordinador Academico y General del I Congreso Internacional denominado "Tribunal Constitucional en la Democracia Contemporanea", y el Memorandum 020-2013-OII/TC remitido por el Jefe de la Oficina de Imagen Institucional; CONSIDERANDO Que mediante la carta PTC-298-2012 se invita al Presidente del Tribunal Constitucional, a participar como ponente en el I Congreso Internacional denominado "Tribunal Constitucional en la Democracia Contemporanea", a realizarse entre los dias 29, 30 y 31 de enero de 2013, en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, evento que se iniciara a las 8 horas del dia 29 de enero; Que el actual Presidente del Tribunal Constitucional, ha aceptado la invitacion para dictar la conferencia Control de Constitucionalidad y de Convencionalidad, programada para el 31 de enero de 2013, a las 11:50 horas; Que mediante correo electronico remitido el 26 de noviembre de 2012, el comite organizador del evento informa que los gastos de transporte, hospedaje y dieta que corresponde a la estadia, seran cubiertos por el Tribunal Constitucional de Republica Dominicana; Que en la comunicacion del 9 de enero de 2013, el Coordinador Academico y General del I Congreso Internacional denominado "Tribunal Constitucional en la Democracia Contemporanea", informa que luego de la clausura del evento academico se realizaran dos actividades extracurriculares. La primera en la noche del 31 de enero en la que el Ayuntamiento de MORDAZA MORDAZA lo reconocera como visitante distinguido, y la MORDAZA a las 7:00 p.m. del 1 de febrero de 2013, en la Academia de Ciencias de la Republica Dominicana para otorgarle un reconocimiento como jurista; Que mediante Memorandum 020-2013-OII/TC, el Jefe de la Oficina de Imagen Institucional, informa que el Presidente del Tribunal Constitucional cumplira una agenda protocolar el 1 de febrero de 2013, por la cual es necesario considerar los viaticos correspondientes, considerando que el Presidente del Tribunal partira a las 7 horas del 28 de enero de 2013 y retornara a las 15 horas con 15 minutos del 2 de febrero de 2013; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 7° de la Ley N°28301, Ley Organica del Tribunal Constitucional, en la Ley N° 27619 y en el Decreto Supremo N° 047-2002PCM;

Articulo Tercero.- Encargar la presidencia del Tribunal Constitucional al Vicepresidente, Magistrado MORDAZA MORDAZA Gotelli, en tanto dure la ausencia del titular. Articulo Cuarto.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominacion. Articulo Quinto.- Dentro de los quince dias calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Presidente informara sobre los resultados obtenidos con motivo de su participacion en las actividades MORDAZA mencionadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URVIOLA HANI Presidente 894818-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 00110/MDSA MORDAZA MORDAZA, 22 de enero de 2013 VISTO: El Memorandum Nº 033-2013-GR-GG/MDSA de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 004-2013-SGCRGR/MDSA de la Subgerencia de Control y Recaudacion, por el cual se presenta el proyecto de Ordenanza para otorgar beneficios de regularizacion tributaria y administrativa. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630 ­ Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las cuales esta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, el Articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del

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