Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2013 (30/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

487108

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2013

corte, la misma que sera publicada en el MORDAZA institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Sobre este punto es preciso senalar que, de conformidad con lo indicado en el numeral 7.1.3, el listado de beneficiarios puede ser modificado por la Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales como consecuencia del levantamiento de las observaciones de los expedientes observados o por la MORDAZA de solicitudes de nuevos afectados, que a juicio de esta Direccion General cumplan con los requisitos para su incorporacion; Que, para la calificacion como beneficiario se ha tomado en cuenta lo siguiente: i) el Informe Nº 004-2012-MTC/16.03/ CSM-ECG-MCS (referido a criterios de evaluacion y orden de prelacion de documentos presentados que acreditan la posesion) ii) La acreditacion del tiempo de posesion sobre el predio, anterior a la fecha de corte (censo COFOPRI 2010) sobre el cual se elaboro el Informe Nº 001-2012-MTC/16.03 PAGCH-JMQM (09/01/2012) "Informe de Determinacion de la Fecha de Corte e Identificacion de los beneficiarios del Programa de Reasentamiento de los Asentamientos Humanos localizados en el area de ampliacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, donde se identifica al beneficiario que se encuentra en el padron del censo efectuado por COFOPRI en el ano 2010; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 451-2012MTC/16 se declaro como no beneficiarios, a quienes no forman parte del empadronamiento efectuado por COFOPRI en el ano 2010, no se encuentren dentro del area de ampliacion y a quienes se encuentren en condicion de componente familiar de un titular posesionario de un predio, reconocido como beneficiario; Que, en el MORDAZA parrafo del numeral 6.4 del PACRI se establece que la DGASA MORDAZA por concluido el MORDAZA de calificacion a traves de la Resolucion Directoral respectiva, cursando finalmente las respectivas cartas notariales a quienes no hayan resultado beneficiarios del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"; Que, se han seleccionado las seis (06) listas de beneficiarios del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario de los asentamientos humanos ubicados en el area de ampliacion y modernizacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", las cuales fueron aprobadas con las respectivas resoluciones directorales, para cuyo efecto se elaboro seis cientos noventa y seis (696) expedientes tecnicos individuales de los posesionarios calificados de los asentamientos humanos cuya lista es la siguiente: 375 beneficiarios del AA.HH "El Ayllu"; 114 beneficiarios del AA.HH "La Taboada"; 49 beneficiarios del AA.HH "1º de Julio"; 57 beneficiarios del AA.HH "Barrio Andino"; 2 beneficiarios del AA.HH "Cuadra 15 de Gambeta"; 9 beneficiarios del AA.HH "Hijos del Progreso"; 79 beneficiarios del AA.HH "la Union"; 11 beneficiarios del AA.HH "Montenegro"; Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 009 - 2012 FGPA sobre el cierre de calificacion de beneficiarios en base a la informacion proporcionada mediante los informes tecnico - social - legal Nº 31-2012-RACZ/GCQ de fecha 18 de diciembre del 2012 y el Informe Nº 001-2012-MECGNCRA-AGVC en los que se detalla las acciones realizadas en el MORDAZA de calificacion de los pobladores de los asentamientos humanos localizados en el area de ampliacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, a fin de que MORDAZA considerados como beneficiarios del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario PACRI; asimismo se senala que dentro del procedimiento de evaluacion se ha considerado para la asignacion del monto del beneficio para el reasentamiento involuntario de las familias, las variables de los anos de posesion sobre el predio y el componente familiar (sustentada en los informes de evaluacion social, legal y tecnica); y De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las Leyes Nº 27329 y Nº 29836, Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Directiva Nº 006-2012-MTC/10 aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 1206-2012MTC/10, Resolucion Directoral Nº 318-2012-MTC/16 y sus modificatorias, la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDO el MORDAZA de calificacion para ser considerado como beneficiario del

Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) - Liberacion de areas para la ampliacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA institucional www.mtc.gob.pe, de conformidad con lo senalado en el numeral 7.1.1 de la Directiva Nº 006-2012-MTC/10, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 1206-2012-MTC/10, asi como en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- REMITIR MORDAZA certificada de la presente Resolucion Directoral a la CANETA, a la Direccion General de Concesiones en Transportes, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Procuraduria Publica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su conocimiento y fines. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General (e) Direccion General de Asuntos Socio Ambientales 894882-1

Autorizan funcionamiento de la Escuela de Conductores Integrales - MORDAZA en Ruta S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 169-2013-MTC/15 MORDAZA, 9 de enero de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 135395 y 150657 presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES-CUSCO EN RUTA S.R.L. y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 135395 de fecha 09 de noviembre de 2012, la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES-CUSCO EN RUTA S.R.L. en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c; asimismo senala que tambien brindara el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; Que, Oficio Nº 8455-2012-MTC/15.03 de fecha 29 de noviembre del 2012, notificado el 30 de noviembre del 2012, se comunico a La Empresa las observaciones encontradas en su solicitud y se le concede un plazo de diez (10) dias habiles para subsanarlas; Que, Parte Diario Nº 150657 de fecha 14 de diciembre de 2012, La Empresa presento diversa documentacion en respuesta al oficio indicado en el considerando que antecede; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 008-2012-MTC/15.rpp de fecha 03 de diciembre de 2012, se remite el Acta de Inspeccion Ocular, del cual se advierte que la inspeccion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.