Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2013 (30/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2013

Designan Juez Supernumerario del MORDAZA MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 113-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 21 de enero del 2013 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el Ingreso N° 07789-2013 el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce, a partir del 21 al 31 de enero del presente ano. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo del MORDAZA MORDAZA Juzgado Penal de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE:

Que, el articulo 21° de la Resolucion Administrativa No. 352-98-TP-CME-PJ, Reglamento de Peritos Judiciales, establece que el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales- REPEJ- debera revalidar anualmente su inscripcion, previo pago del derecho correspondiente. Que, asimismo, el literal d) del articulo 8° del citado Reglamento establece que el aspirante a Perito Judicial debe presentar la MORDAZA de colegiatura y/o habilitacion correspondiente, por lo que debe tenerse presente dicho dispositivo legal para ser aplicado al MORDAZA de revalidacion a instaurar. Que mediante el oficio de vistos, el Responsable del Registro de Peritos de esta Corte Superior de Justicia, solicita a la Presidencia de Corte que se emita la resolucion para la revalidacion de inscripcion de los Peritos Judiciales en esta Corte Superior de Justicia. Que, asimismo, a fin de no afectar el normal desenvolvimiento de los organos jurisdiccionales, y en tanto dure el MORDAZA de revalidacion de peritos judiciales para el presente ano judicial, resulta necesario se amplie la vigencia de la nonima de peritos aprobada por Resolucion Administrativa 99-2012-P-CSJCL/PJ ampliada por Resolucion Administrativa 123-2012-PCSJCL/PJ. Que, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas anteriormente senaladas se debe establecer el plazo de MORDAZA de dichas solicitudes y los requisitos correspondientes, a efecto de que los peritos judiciales puedan ser designados en el presente ano judicial como organo de MORDAZA judicial de los organos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. En consecuencia, con la facultad conferida a los Presidentes de Cortes en los incisos 3) y 4) del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero: DISPONER el inicio del MORDAZA de REVALIDACION DE INSCRIPCION de Peritos Judiciales que se encuentran inscritos en esta Corte Superior de Justicia, correspondiente al presente ano judicial. Articulo Segundo: ESTABLECER que el plazo para presentar las solicitudes de Revalidacion de la Inscripcion de Peritos Judiciales, se iniciara a partir del 01 de febrero hasta el 16 de marzo del ano en curso. Articulo Tercero: AMPLIAR la vigencia de las Resoluciones Administrativas numeros 99-2012-P-CSJCL/ PJ y 123-2012-P-CSJL/PJ, en tanto dure el MORDAZA de revalidacion de inscripcion de peritos judiciales para el presente ano judicial. Articulo Cuarto: DISPONER que los profesionales y/o tecnicos que participen en el presente MORDAZA, deberan presentar ademas de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, la MORDAZA de encontrase habil para el ejercicio de la profesion u oficio, expedida por la entidad competente. Articulo Quinto: PRECISAR que en el presente ano judicial solo podran ser designados para actuar como Peritos Judiciales, aquellos profesionales y/o tecnicos que hayan cumplido con revalidar su inscripcion en el Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia. Articulo Sexto: PONGASE la presente Resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia De Administracion Distrital de esta Corte Superior, del Responsable de la Oficina de Peritos Judiciales y de la Oficina de Informativa para sus fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Presidente 895173-1

Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumerario del MORDAZA MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, a partir del 21 al 31 de enero del presente ano, por las vacaciones del doctor MORDAZA Neyra. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 895388-1

Disponen inicio de MORDAZA de revalidacion de inscripcion de Peritos Judiciales inscritos en la Corte Superior de Justicia del Callao, para el ano judicial 2013
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 31-2013-P-CSJCL/PJ Callao, 21 de Enero de 2012. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Oficio No. 001-2013-GA-USJ-REPEJ-CSJCL/PJ cursado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable del Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, y;

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