Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2013 (30/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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de Generacion y Transmision Electrica y de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN, respectivamente, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM,; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la incorporacion de trece (13) nuevos Modulos Estandares a la "Base de Datos de Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision". Articulo 2°.- Aprobar la "Actualizacion de la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision con Costos 2012". Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con la carpeta "MOD INV_2013" y los Informes N° 037-2013-GART y N° 042-2013-GART que la sustentan, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin. gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 895432-2

Aprueban Factor de Recargo del Fondo de Compensacion Social Electrica aplicable a cargos tarifarios de los usuarios del servicio publico de electricidad de sistemas interconectados y Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo febrero MORDAZA 2013
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 013-2013-OS/CD MORDAZA, 29 de enero de 2013 VISTOS: La Ley N° 27510, modificada por la Ley N° 28307, mediante la cual se dispone la obligacion del OSINERGMIN, de aprobar el Factor de Recargo del Fondo de Compensacion Social Electrica (en adelante FOSE) y su respectivo Programa Trimestral de Transferencias Externas, debiendo aprobarse, en esta oportunidad, los correspondientes al periodo 04 de febrero 2013 ­ 30 de MORDAZA 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27510, se creo el Fondo de Compensacion Social Electrica (FOSE), a efectos de favorecer el acceso y permanencia del servicio electrico a usuarios residenciales, de la opcion tarifaria BT5, cuyo consumo mensual sea menor a 100 kWh mes; Que, la Ley N° 28307, Ley que modifica y amplia los factores de reduccion tarifaria de la Ley N° 27510, otorga vigencia indefinida al FOSE y sustituye la Tabla contenida en el Articulo 3 de la Ley N° 27510,

determinando asi una ampliacion del universo de beneficiados con el FOSE; Que, con Resolucion OSINERG N° 2123-2001-OS/ CD, se aprobo la MORDAZA denominada "Procedimientos de Aplicacion del Fondo de Compensacion Social Electrica (FOSE)". Dicha MORDAZA fue modificada por la Resolucion OSINERG N° 088-2006-OS/CD y la Resolucion OSINERGMIN N° 689-2007-OS/CD, aprobando esta MORDAZA resolucion el Texto Unico Ordenado de la MORDAZA "Procedimientos de Aplicacion del Fondo de Compensacion Social Electrica (FOSE)"; Que, con Resolucion OSINERGMIN N° 241-2012OS/CD, se aprobo el Factor de Recargo del FOSE y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondientes al periodo 04 de noviembre 2012 ­ 03 de febrero 2013, siendo por tanto necesaria la fijacion del Factor de Recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas para el periodo 04 de febrero 2013 ­ 30 de MORDAZA 2013; Que, se ha considerado para el calculo del factor de recargo del FOSE, la informacion de los sistemas fotovoltaicos, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1 del Articulo 4º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 206-2010-OS/CD, segun el cual las empresas operadoras de sistemas fotovoltaicos para la atencion de suministros de energia electrica, a efectos de la aplicacion y uso del FOSE, deberan seguir los criterios y procedimientos dispuestos por la Resolucion OSINERGMIN N° 689-2007OS/CD; Que, la vigencia del Factor de Recarga del FOSE y el Programa de Transferencias Externas que se establece mediante la presente resolucion, debe disponerse para el periodo comprendido entre el 4 de febrero de 2013 y el 30 de MORDAZA de 2013, toda vez que, el dia 4 se produce la actualizacion de las tarifas electricas y por otro lado, el 01 de MORDAZA de 2013 se iniciara la vigencia de los Precios en MORDAZA que se fijen en el presente ano, por lo que a efectos de evitar recalculos continuos y de conformidad con el MORDAZA de simplicidad, previsto en el numeral 1.13 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en virtud del cual se deben eliminar complejidades innecesarias, resulta conveniente en esta oportunidad que el factor del recargo del FOSE y el programa de transferencias externas entren en vigencia el mismo dia de actualizacion, es decir, el dia 4 de febrero y culminen el ultimo dia de la vigencia de los Precios en MORDAZA, es decir, el dia 30 de MORDAZA, de modo que para el siguiente trimestre la vigencia del MORDAZA Factor FOSE y Transferencia, coincida con la entrada en vigencia de la nueva fijacion tarifaria; Que, se han emitido los Informes N° 024-2013-GART y Nº 026-2013-GART de la Division de Distribucion Electrica y de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, respectivamente. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Apruebese en 1,024 el Factor de Recargo del Fondo de Compensacion Social Electrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio publico de electricidad de los sistemas interconectados a que se refiere el Articulo 2° de la Ley N° 27510, aplicable en la facturacion del periodo comprendido entre el 4 de febrero de 2013 y el 30 de MORDAZA de 2013. Articulo 2°.- Apruebese el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo 04 de febrero 2013 ­ 30 de MORDAZA 2013.

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