Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2013 (30/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE LA MORDAZA PERUANA UNIVERSIDAD PRIVADA DE MORDAZA MORDAZA IDAE (2012-I 2012-II) PRIMER IDAE (2012-I 2012-II)

NORMAS LEGALES
20 de MORDAZA de 2013 20 de MORDAZA de 2013

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2013

NOVIEMBRE 2013 UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y ARTES DE MORDAZA LATINA UNIVERSIDAD DE MORDAZA MORDAZA FROEBEL UNIVERSIDAD PERUANA DE INVESTIGACION Y NEGOCIOS UNIVERSIDAD PERUANA AUSTRAL DEL MORDAZA UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN MORDAZA TERCER IDAE (2012-II 2013-I) TERCER IDAE (2012-II 2013-I) TERCER IDAE (2012-II 2013-I) TERCER IDAE (2012-II 2013-I) TERCER IDAE (2012-II 2013-I) TERCER IDAE (2012-II 2013-I) 04 de noviembre de 2013 04 de noviembre de 2013 04 de noviembre de 2013 18 de noviembre de 2013 18 de noviembre de 2013

UNIVERSIDAD SAN MORDAZA

18 de noviembre de 2013

Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 894988-1

Otorgan autorizacion de funcionamiento provisional a la Universidad Nacional de Juliaca
RESOLUCION Nº 001-2013-CONAFU MORDAZA, 09 de enero de 2013 "UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA" VISTOS: El Oficio Nº 163-2010-ME/SG recibido el 12 de febrero de 2010, la Resolucion N°156-2010CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, la Resolucion N° 157-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, la Resolucion Nº 368-2010-CONAFU de fecha 01 de setiembre de 2010, la Resolucion N° 446-2011-CONAFU de fecha 08 de setiembre de 2011, la Resolucion Nº 569-2011-CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2011, el Oficio N°045-2012-P-CO-UNAJ presentado el 23 de MORDAZA de 2012, la Resolucion N°465-2012-CONAFU de fecha 05 de setiembre de 2012, la Resolucion N°4772012-CONAFU de fecha 18 de setiembre de 2012, la Carta s/n de fecha 16 de octubre de 2012, el Oficio Nº 1236-2012-CONAFU-CDAA presentado el 18 de Octubre de 2012, el Acta de Verificacion In situ de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Juliaca por el Pleno del CONAFU de fecha 30 de octubre de 2012, la Resolucion N°590-2012-CONAFU de fecha 07 de noviembre de 2012, el Acuerdo Nº 022013-CONAFU de la sesion extraordinaria de Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 09 de enero de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, con posterioridad a la Sentencia del Tribunal Constitucional del Peru recaida en el expediente 00172008-PI, se le restituye al CONAFU la facultad de emitir resoluciones de funcionamiento provisional de

universidades, mediante Ley Nº 29780 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA de 2011, MORDAZA legal que tuvo vigencia de un ano desde el dia siguiente de su publicacion; Que, la Ley Nº 29971, publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de diciembre de 2012, establece en el articulo 1, la moratoria de cinco (5) anos para la creacion y autorizacion de funcionamiento de nuevas universidades publicas y privadas; mientras que en el articulo 2º dispone lo siguiente: ¨Autorizase excepcionalmente, por el plazo de un ano, al Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) para que evalue y autorice a las universidades publicas que hayan superado la fase de verificacion de la implementacion inicial. Las demas universidades creadas por ley continuan su correspondiente tramite.¨; Que, en el articulo 10º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; se establece que: "El procedimiento para la Autorizacion de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a tramite, tiene cuatro (4) Fases: 1.- Evaluacion para la aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional. 2.- Implementacion Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado. 3.Verificacion de la Implementacion Inicial. 4.- Autorizacion del funcionamiento provisional de la universidad; Que, mediante Ley N° 29074, publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de MORDAZA de 2007, se crea la Universidad Nacional de Juliaca, con personeria de derecho publico interno, con sede en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; Que, por Oficio Nº 163-2010-ME/SG recibido el 12 de febrero de 2010, el senor Asabedo MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Educacion, en representacion de la Promotora (Ministerio de Educacion), presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, para brindar servicios educativos universitarios en las siguientes carreras profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria de Energia Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias; y 5) Gestion Publica y Desarrollo Social; Que, por Resolucion N°156-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, se resuelve: Admitir a tramite la Solicitud de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, presentado por el senor Asabedo MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Educacion, Entidad Promotora de dicho Proyecto Universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social, bajo la Ley Nº 29074; Que, por Resolucion N° 157-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, se resuelve Conformar la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, la misma que estara conformada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Ludovina MORDAZA MORDAZA en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, por Resolucion Nº 368-2010-CONAFU de fecha 01 de setiembre de 2010, se resuelve: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, presentado por el senor Asabedo MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Educacion, Entidad Promotora del referido Proyecto Universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social; bajo la Ley Nº 29074; Que, por Resolucion N° 446-2011-CONAFU de fecha 08 de setiembre de 2011, se resuelve: Conceder al Proyecto de Universidad Nacional de Juliaca, por unica vez una prorroga no mayor a seis (06) meses para la MORDAZA del Informe de Implementacion Inicial; Que, mediante Resolucion Nº 569-2011-CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2011, se autorizo, entre otros, el Concurso de Publico de Plazas Docentes Contratados de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, a traves del Oficio N°045-2012-P-CO-UNAJ presentado el 23 de MORDAZA de 2012, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de

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