Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2013 (30/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

487125

Juliaca acompana el Informe de Implementacion Inicial para su respectiva evaluacion; Que, por Resolucion N°465-2012-CONAFU de fecha 05 de setiembre de 2012, se resuelve : Designar a los integrantes de la Comision Verificadora para realizar la respectiva verificacion del Informe de Implementacion Inicial, de acuerdo a lo establecido en el articulo 34º de la Resolucion N°387-2009-CONAFU, presentado por el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca; la cual esta integrada por los siguientes profesionales: M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Infantes en calidad de Presidente; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Secretario; Ing. Manglio MORDAZA MORDAZA en calidad de Vocal; Que, por Resolucion N°477-2012-CONAFU de fecha 18 de setiembre de 2012, se resuelve: DESIGNAR al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vocal de la Comision Verificadora, encargado de verificar el Informe de Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Juliaca y RECONFORMAR la Comision Verificadora encargada de evaluar el Informe de Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Juliaca, la cual estara integrada por los siguientes profesionales: M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Infantes en calidad de Presidente; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Secretario; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Vocal; Que, con Carta s/n de fecha 16 de octubre de 2012, la Presidente de la Comision Verificadora presenta el Informe de Evaluacion de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Juliaca, en el que se senala que la citada universidad ha cumplido con implementar satisfactoriamente lo proyectado para los dos primeros anos de funcionamiento en infraestructura, y al primer ano de funcionamiento en recursos humanos, de acuerdo a su PDI aprobado, por lo que recomienda al Pleno del CONAFU que se continue con el tramite para la Autorizacion de Funcionamiento Provisional; Que, mediante Oficio Nº 1236-2012-CONAFUCDAA presentado el 18 de Octubre de 2012, la Comision Academica pone a consideracion del Pleno la recomendacion de la Comision Verificadora, consistente en la continuacion del tramite para la Autorizacion de Funcionamiento Provisional de acuerdo a lo normado por la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; dicha propuesta es aprobada en la Sesion de Pleno de fecha 24 de octubre de 2012, mediante el Acuerdo Nº 677-2012-CONAFU, mientras que por el Acuerdo Nº 678-2012-CONAFU se acuerda realizar la verificacion In situ de la Implementacion Inicial el dia 30 de octubre de los corrientes por los integrantes del Pleno del CONAFU; Que, con fecha 30 de octubre de 2012, se realiza la Verificacion In situ de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Juliaca por el Pleno del CONAFU, culminada dicha verificacion se redacta el Acta respectiva en el cual el Pleno acuerda por unanimidad RATIFICAR el Informe de Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, por Resolucion N°590-2012-CONAFU de fecha 07 de noviembre de 2012, se resuelve: APROBAR el Informe de Implementacion de la Universidad Nacional de Juliaca, encontrandose MORDAZA para otorgarle la Autorizacion de Funcionamiento Provisional; Que, la Universidad Nacional de Juliaca cumple con las condiciones y requisitos establecidos en la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU, ademas de encontrarse inmersa dentro de la disposicion del articulo 2º de la Ley Nº 29971; por lo que se encuentra apta para la emision de la resolucion de funcionamiento provisional a su favor; Que, el modelo Institucional adoptado por la Universidad Nacional de Juliaca es la de una Persona Juridica de Derecho Publico interno y se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733 ­ Ley Universitaria, Ley Nº 29074 ­ Ley de su Creacion, Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­CONAFU; por lo que estando a lo dispuesto en la Ley Nº 29971, la Universidad Nacional de Juliaca se encuentra MORDAZA para otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional; Que, en sesion extraordinaria de fecha 09 de enero de 2013, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 02-2013-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: a) Otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional a la Universidad Nacional de Juliaca para brindar servicios educativos de nivel universitario; autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y

de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social; b) Aprobar el modelo institucional adoptado por la Universidad Nacional de Juliaca, especificando el regimen legal en el que se encuentra y la forma de su personeria juridica, c) Disponer que la Promotora de la Universidad Nacional de Juliaca remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU, d) Establecer que la Universidad Nacional de Juliaca, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Nacional de Juliaca para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo Academico:
Nombre de MORDAZA Numero de Vacantes por ciclo academico Ciclo I Ingenieria Textil y de Confecciones Ingenieria en Energias Renovables Ingenieria Ambiental y Forestal Ingenieria en Industrias Alimentarias Gestion Publica y Desarrollo Social 40 40 40 40 40 Ciclo II 40 40 40 40 40

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Nacional de Juliaca, organizada como Persona Juridica de Derecho Publico Interno, bajo el regimen legal de la Ley Universitaria 23733; la Ley de su Creacion, Ley Nº 29074 y por la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­CONAFU, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, acompanado del Reglamento General de la Universidad, ante el registro Publico de Personas Juridicas de los Registros Publicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Universidad Nacional de Juliaca remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU, luego de lo cual es cargo de la promotora presentar ante este Consejo una MORDAZA literal de su inscripcion registral. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Nacional de Juliaca, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, como Persona Juridica de Derecho Publico Interno, bajo el Regimen Legal de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y la Ley Nº 26439, Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 894864-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.