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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2013 (31/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de enero de 2013 487188 Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El Intendente Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados se encuentra comprendido dentro de los alcances de lo dispuesto en el artículo 24° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. Segunda.- Incorpórense dentro de los alcances de los artículos 50° y 51° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria a la Intendencia Regional Ayacucho, la Intendencia Regional Madre de Dios y la Intendencia Regional Cajamarca; y suprímase la Ofi cina Zonal Cajamarca. Las referidas Intendencias Regionales iniciarán operaciones conforme se detalla a continuación: a) Intendencia Regional Cajamarca, al quinto día hábil del mes de marzo de 2013, fecha en la que se producirá la supresión de la Ofi cina Zonal Cajamarca. b) Intendencia Regional Ayacucho, al quinto día hábil del mes de mayo de 2013, c) Intendencia Regional Madre de Dios, al quinto día hábil del mes de junio de 2013. Tercera.- El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas ANEXO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA “(…) Artículo 16°.- Estructura orgánica de la SUNAT La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria cuenta con la siguiente estructura orgánica: (…) 05 Órganos de Línea Dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos (…) 05.3 Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (…)” Artículo 180°.- Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados La Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados es un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, encargada de los procesos relativos al registro, control, fi scalización, recaudación, cobranza, devolución y restitución o reintegro sobre Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados en materia de minería ilegal y elaboración de drogas ilícitas, entre otros, a nivel nacional. Artículo 181°.- Funciones de la Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados Son funciones de la Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados: a) Supervisar, en coordinación con las áreas que correspondan, la formulación y actualización de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias y proponerlos a la Alta Dirección para su aprobación, así como aprobar las que le correspondan. b) Coordinar y proponer las normas relacionadas a su competencia, aprobar las que le correspondan, así como participar en comisiones y grupos de trabajo encargados de la formulación de propuestas legales, en las materias de su competencia. c) Supervisar las actividades relativas al registro, control, fi scalización, recaudación, cobranza, devolución y restitución o reintegro dentro del ámbito de su competencia. d) Aprobar los criterios de selección de los usuarios en los programas de fi scalización. e) Proponer a la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento los requerimientos técnicos para la fi rma de convenios de cooperación técnica e intercambio de información con otros organismos en los temas de su competencia. f) Supervisar la emisión de opinión técnica y la atención de los requerimientos de información de terceros así como de entidades nacionales e internacionales. g) Proponer a la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, la creación, fusión, traslado y desactivación de puestos de control fi jo o móvil, a nivel nacional en materia de su competencia. h) Promover acciones de conducta responsable en materia de insumos químicos y productos fi scalizados y orientar al sector público y privado sobre la correcta aplicación de la normatividad de insumos químicos y bienes fi scalizados. i) Supervisar la defi nición de los recursos necesarios para el desarrollo de sus funciones, para su atención por parte de los órganos competentes. j) Aprobar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia y derivar a las instancias pertinentes para su atención, cuando corresponda. k) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. Artículo 182°.- Gerencia Normativa de Bienes Fiscalizados La Gerencia Normativa de Bienes Fiscalizados es una unidad orgánica de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados, encargada de diseñar las políticas, estrategias, lineamientos, programas y procedimientos relacionados a los procesos de registro, control, fi scalización, recaudación, cobranza, devolución y restitución o reintegro sobre Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados, así como realizar el control de gestión de los mismos. Artículo 183°.- Funciones de la Gerencia Normativa de Bienes Fiscalizados. Son funciones de la Gerencia Normativa de Bienes Fiscalizados: a) Formular y proponer políticas, planes, programas, proyectos y estrategias vinculadas al ámbito de su competencia. b) Elaborar propuestas de normas, procedimientos, lineamientos y resoluciones relacionadas con el registro, control, fi scalización, recaudación, cobranza, devolución y restitución o reintegro sobre Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados. c) Proponer la actualización de la lista de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados. d) Realizar las acciones de control de gestión de las actividades vinculadas al registro, control y fi scalización sobre insumos químicos y bienes fi scalizados a nivel nacional. e) Realizar estudios e investigaciones vinculados al control de bienes fi scalizados. f) Formular los requerimientos técnicos para la fi rma de convenios de cooperación técnica e intercambio de información con otros organismos en los temas de su competencia; así como efectuar el seguimiento y evaluación que correspondan. g) Elaborar propuestas de creación, fusión, traslado y desactivación de puestos de control fi jo o móvil, a nivel nacional en el ámbito de su competencia. h) Proponer los recursos necesarios para el desarrollo de sus funciones, para su atención por parte de los órganos competentes.