Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2013 (31/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2013

Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de los eventos MORDAZA referidos, resulta de interes institucional autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Especializado Supranacional, para que participe, en representacion del Estado peruano, en las correspondientes Audiencias y Reuniones de Trabajo; Que, los gastos que genere dicho viaje seran asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Especializado Supranacional, los dias 12, 13 y 14 de febrero de 2013, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos x 3 dias TOTAL: US$ US$ US$ 1,830.61 600.00 2,430.61

VISTOS: El Memorando Nº 00289-2013-PRODUCE/ DGSF y el Informe Nº 03-2013-PRODUCE/DFI de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, el Memorando Nº 00097-2013-PRODUCE/DGP y el Informe Nº 00009-2013-PRODUCE/DGP de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y el Informe Nº 00132013-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 101° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, dispone que la Autoridad Pesquera esta facultada a establecer programas pilotos y de control para el manejo de recursos hidrobiologicos; para cuyo efecto podra contratar empresas especializadas para la ejecucion de los actos de peritaje, inspeccion y control. Asimismo, preve que en las disposiciones que establezcan programas de control para la extraccion de determinadas especies, se podra disponer obligaciones previas de inscripcion, suscripcion de convenios y otras modalidades que garanticen su debido cumplimiento; Que, por Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE se crea el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, cuyos alcances y vigencia fueron modificados por el Decreto Supremo N° 027-2005-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 029-2005PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 007-2009-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE y el Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 1782011-PRODUCE, N° 276-2011-PRODUCE, N° 0472012-PRODUCE, N° 239-2012-PRODUCE y N° 4372012-PRODUCE, se ha venido autorizando la ampliacion del plazo de vigencia de los Convenios suscritos para la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, hasta el 15 de MORDAZA de 2013; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, Ley Nº 29952, dispone que a partir de su entrada en vigencia, los ingresos percibidos en el MORDAZA del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo son Recursos Directamente Recaudados del pliego Ministerio de la Produccion, se incorporan en dicho pliego conforme a la normativa vigente, y son destinados a las acciones de seguimiento, control y vigilancia a cargo de este Ministerio; debiendo para tal efecto adecuarse las normas sectoriales pertinentes; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Resolucion Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, en el literal b) de su articulo 75º, establece que son funciones de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, dirigir la ejecucion de planes, programas y proyectos en materia de supervision y fiscalizacion de las actividades pesqueras y acuicolas, de alcance nacional, directamente o a traves de terceros, en coordinacion con los otros niveles de gobierno, y velar por su cumplimiento; Que, con la finalidad de garantizar la ejecucion y continuidad del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion mediante el informe de vistos, senala que resulta necesario adecuar las normas sectoriales que permitan viabilizar y dar cumplimiento a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, Ley Nº 29952 y demas medidas pertinentes; Que, la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero mediante el informe de Vistos, recomienda establecer un plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendarios para evaluar el MORDAZA normativo vigente vinculado al Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo creado por Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE y proponer, de ser el caso, la modificacion de las normas sectoriales pertinentes; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, los Directores Generales de Supervision y Fiscalizacion y de Politicas y Desarrollo Pesquero, y de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica; y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29952, Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Ley N° 29158, Ley Organica de Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047 que

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la culminacion del viaje, el funcionario citado en el articulo 1° de la presente Resolucion debera presentar ante la Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4°.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos

896145-5

PRODUCE
Otorgan plazo a diversas Direcciones Generales y Oficinas Generales para presentar proyectos de dispositivos que permitan la adecuacion de las normas sectoriales en cumplimiento de la Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
RESOLUCION MINISTERIAL N° 054-2013-PRODUCE
MORDAZA, 30 de enero de 2013

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