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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de enero de 2013 487201 otros, a la Contadora Pública Colegiada Beatriz Fabiola Tarazona Leguía, el cargo de Jefa de Equipo, Nivel F-3, del Despacho Ministerial de Salud; Que, mediante Carta S/N, de fecha 25 de enero de 2013, la Contadora Pública Colegiada Beatriz Fabiola Tarazona Leguía, formuló su renuncia al cargo de Jefa de Equipo, Nivel F-3, del Despacho Ministerial de Salud; Que, en ese sentido y con la fi nalidad de asegurar el normal funcionamiento del Despacho Ministerial de Salud, es conveniente adoptar las acciones de personal que resulten necesarias; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, y con el visado del Director General (e) de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por la Contadora Pública Colegiada Beatriz Fabiola TARAZONA LEGUÍA, en el cargo de Jefa de Equipo, Nivel F-3, en el Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Dejar sin efecto todas normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 896113-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a la empresa Escuela de Conductores Integrales Caminos de Ica Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 5215-2012-MTC/15 Lima, 28 de diciembre de 2012 VISTO: El Parte Diario N° 139776, presentado por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES CAMINOS DE ICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 4151-2012- MTC/15 de fecha 22 de octubre del 2012, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES CAMINOS DE ICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con RUC N° 20534581816 y domicilio en la Urb. San Luis, Calle J.J. Elías F-11 del Distrito, Provincia y Departamento de Ica, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario N° 139776 de fecha 19 de noviembre del 2012, La Escuela solicita autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III y Clase B categoría II-c, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer párrafo del artículo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos, indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 428-2012-MTC/15.03. A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES CAMINOS DE ICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehículos autorizados mediante la Resolución Directoral N° 4151-2012-MTC/15. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES CAMINOS DE ICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 893827-1 Autorizan a la empresa Centro de Capacitación Profesional Ingenieros Sociedad Anónima Cerrada - CCP Ingenieros S.A.C. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 202-2013-MTC/15 Lima, 10 de enero de 2013