Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2013 (31/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de enero de 2013 487199 aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar a las Direcciones Generales de Supervisión y Fiscalización, y de Políticas y Desarrollo Pesquero, y a las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, el plazo de cuarenta y cinco (45) días calendarios para alcanzar al Despacho Ministerial, los proyectos de dispositivos que permitan la adecuación de las normas sectoriales en cumplimiento de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; manteniéndose vigentes los términos y condiciones de los Convenios suscritos en el marco del citado Programa hasta el 15 de abril de 2013, según lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 437-2012- PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 896149-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican Reglamento de Cooperación Técnica Internacional DECRETO SUPREMO N° 009-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27692 se creó la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), como ente rector de la cooperación técnica internacional en el Perú, cuya responsabilidad es la de conducir, programar, organizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, en función de la Política Nacional de Desarrollo y en el marco de las disposiciones legales que regulan la Cooperación Técnica Internacional; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14º de la Ley de Cooperación Técnica Internacional aprobada por Decreto Legislativo Nº 719, los organismos perceptores de Cooperación Técnica Internacional proporcionarán anualmente a la APCI información referida al monto y a la procedencia de la cooperación recibida para cada plan, programa, proyecto o actividad específi ca de desarrollo; Que, conforme a lo establecido en los artículos 79º y 80º del Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92- PCM, las ONGD y las ENIEX al inscribirse como tales en los Registros de la APCI, adquieren el compromiso de remitir a la APCI, la información pertinente, sobre la ejecución y/o fi nalización de los proyectos y/o programas en los que cooperó el año anterior, el Plan Anual de Actividades para el año iniciado, así como cualquier modifi cación del representante o de la nómina del Consejo Directivo, de ser el caso, y/o domicilio legal; Que, resulta necesario modifi car el plazo para la declaración anual a cargo de los organismos perceptores de cooperación internacional no reembolsable; Con la correspondiente de conformidad con lo dispuesto por el artículo 118 inciso 8) de la Constitución Política del Perú y el La Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA Artículo 1º.- Modifi car los literales b) y d) de los artículos 79º y 80º, respectivamente, del Reglamento de Cooperación Técnica Internacional. “Artículo 79º.- Las ENIEX al inscribirse como tales adquieren los siguientes compromisos: (…) b) Comunicar anualmente hasta el 31 de marzo a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la información pertinente, sobre la ejecución y/o fi nalización de los proyectos y/o programas los que cooperó el año anterior, el Plan Anual de Actividades, para el año iniciado así como cualquier modifi cación del representante y/o domicilio legal. Artículo 80°.- Al inscribirse como tales, las ONGD adquieren los siguientes compromisos: (…) d) Luego de su inscripción, las ONGD remitirán, hasta el 31 de marzo de cada año, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la información pertinente sobre la ejecución y/o fi nalización de los proyectos y/o programas, por fuentes de fi nanciación, en los que cooperó el año anterior, el Plan Anual de Actividades, para el año iniciado y cualquier modifi cación de la nómina del consejo directivo y/o domicilio legal”. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 896148-1 SALUD Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 046-2013/MINSA Lima, 23 de enero del 2013 Visto, el Expediente N° 13-003413-001 que contiene el Ofi cio N° 069-2013-DG/HNCH, emitido por el Director de Hospital III del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial N° 497-2011/MINSA, de fecha 30 de junio de 2011, se designó, entre otros, al Licenciado en Administración Jesús Martín Bocanegra Velásquez, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 461-2012/ MINSA, de fecha 7 de junio de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración, se encuentra califi cado como de confi anza; Que, con el documento del visto, el Director de Hospital III del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, solicita dar por concluida la designación del profesional antes mencionado y designar en su reemplazo al profesional propuesto; Que, mediante Informe N° 034-2013-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emitió opinión favorable respecto del pedido formulado por el Director de Hospital III del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, señalando que procede la designación en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Administración del citado Hospital Nacional, por tratarse de un cargo califi cado como de confi anza;