Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2013 (31/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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i) Proponer medidas de prevencion y seguridad para las instalaciones, recursos humanos e informacion relacionados a temas de su competencia. j) Elaborar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. k) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados. Articulo 184°.- Gerencia Operativa del Registro de Bienes Fiscalizados La Gerencia Operativa del Registro de Bienes Fiscalizados es una unidad organica de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados, encargada de los procesos referidos a la administracion y control del Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, comunicaciones de comercio exterior, atencion de consultas tecnicas, aplicacion de sanciones, recaudacion, cobranza, devolucion y restitucion o reintegro sobre Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados. Articulo 185°.- Funciones de la Gerencia Operativa del Registro de Bienes Fiscalizados Son funciones de la Gerencia Operativa del Registro de Bienes Fiscalizados: a) Formular y proponer planes operativos asi como las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en el plan de accion y las estrategias en el ambito de su competencia. b) Administrar y controlar el Registro para el Control de los Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados, asi como de los usuarios y sus actividades. c) Coordinar con los organos y unidades organicas desconcentradas la ejecucion de los procesos de administracion y control del Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados. d) Emitir las resoluciones de sanciones, de devolucion, restitucion o reintegro y otros actos administrativos relacionados al MORDAZA de administracion y control del Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, a nivel nacional. e) Ejecutar las acciones relacionadas a los procesos de recaudacion y cobranza en el ambito de su competencia. f) Ejecutar las actividades relativas a las autorizaciones y comunicaciones de comercio exterior, asi como la atencion de consultas tecnicas relacionadas a Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados. g) Emitir opinion tecnica y atender, en el ambito de su competencia, los requerimientos de informacion de terceros y de entidades nacionales e internacionales. h) Elaborar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. i) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados. Articulo 186°.- Gerencia de Fiscalizacion de Bienes Fiscalizados La Gerencia de Fiscalizacion de Bienes Fiscalizados es una unidad organica de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados, encargada de ejecutar los procesos control y fiscalizacion a los usuarios de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados. Articulo 187°.- Funciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Bienes Fiscalizados Son funciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Bienes Fiscalizados: a) Formular y proponer planes operativos asi como las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en el plan de accion y las estrategias en el ambito de su competencia. b) Acopiar, analizar, procesar y sistematizar informacion de diversas MORDAZA, asi como realizar investigaciones en materia de control y fiscalizacion que permitan prevenir y detectar modalidades de desvio y uso ilegal de los Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados. c) Establecer y desarrollar mecanismos en el ambito de su competencia, para conocer, intercambiar y proporcionar informacion. d) Emitir las resoluciones de sanciones y otros actos administrativos relacionados a los procesos de control y

fiscalizacion a los usuarios de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados. e) Seleccionar, programar y ejecutar las acciones de control y fiscalizacion. f) Elaborar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. g) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados.

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Aprueban Indices de Distribucion del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea - FOCAM correspondientes al ano 2013
RESOLUCION MINISTERIAL N° 026-2013-EF/15
MORDAZA, 30 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28451 crea el Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM como un fondo intangible destinado a contribuir al desarrollo sostenible de los departamentos por donde pasan los ductos principales conteniendo los hidrocarburos de los Lotes 88 y 56, asimismo, establece su constitucion, utilizacion y distribucion; Que, la Ley Nº 28451 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EF y normas modificatorias, senala que constituyen recursos del FOCAM el 25% de las regalias que corresponden al Gobierno Nacional provenientes de los Lotes 88 y 56, luego de efectuadas las deducciones derivadas del pago del Canon Gasifero al que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, que seran destinados exclusivamente a financiar la ejecucion de proyectos de inversion e infraestructura economica y social de los Gobiernos Regionales, municipalidades de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, el area de MORDAZA provincias exceptuando a MORDAZA Metropolitana, y las universidades publicas de esas jurisdicciones para los fines de investigacion; Que, el articulo 4º de la Ley 28451 establece los porcentajes de distribucion de los recursos del FOCAM entre los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades publicas de los departamentos senalados en el considerando precedente; Que, asimismo, segun el articulo 5º de la citada Ley, el departamento de Ucayali percibira el 2,5% del total de los ingresos que reciba el Estado peruano por concepto de regalias, que sera distribuido de acuerdo a los porcentajes establecidos en la Ley a los gobiernos locales de la provincia de Atalaya, MORDAZA Portillo, Padre MORDAZA, y Purus, asi como al Gobierno Regional de Ucayali ya las universidades publicas de dicho departamento, los cuales deberan ser destinados a la ejecucion de proyectos de inversion publica derivados de los Planes de Desarrollo Concertados y los Presupuestos Participativos, que favorezcan preferentemente a las comunidades nativas y que incluyan proyectos de manejo ambiental sostenible; Que, en los articulos 4º y 5° del Reglamento de la Ley de Creacion del FOCAM, se contempla los porcentajes y criterios de distribucion de los recursos del FOCAM a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades publicas de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, MORDAZA provincias, exceptuando a MORDAZA Metropolitana, y Ucayali; Que, asimismo, el articulo 5ºdelReglamento dispone que los indices de distribucion del FOCAM se determinaran anualmente, mediante Resolucion Ministerial aprobada por el Ministerio de Economia y Finanzas. Para tal fin, en el ultimo trimestre de cada ano, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, proporcionara al Ministerio de Economia y Finanzas las proyecciones de poblacion y el indicador de Necesidades Basicas Insatisfechas al nivel de desagregacion distrital; el Ministerio de Energia y Minas informara acerca de las circunscripciones por las que atraviesa el trazo de los ductos que transportan los hidrocarburos procedentes de la explotacion de los Lotes 88 y 56 y la longitud de los ductos existentes en la jurisdiccion de cada gobierno regional y cada distrito beneficiario del

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