Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (14/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de febrero de 2013 487973 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje a EE.UU. del Ministro de Relaciones Exteriores y encargan su Despacho al Ministro de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2013-PCM Lima, 13 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al 2013 como el Año Internacional de la Quinua, mediante resolución A/RES/66/221; Que, el Perú es miembro y ejerce la vicepresidencia del Comité Internacional de Coordinación del Año Internacional de la Quinua, conjuntamente con Chile y Ecuador; Que, la Secretaría Técnica de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) ha previsto realizar el Lanzamiento Global del Año Internacional de la Quinua, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 19 y 20 de febrero de 2013; Que, resulta necesaria la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en la Sesión Plenaria del referido evento, cuyo objetivo es resaltar el papel que juega la biodiversidad de la quinua y su valor nutricional en la seguridad alimentaria, nutricional y en la erradicación de la pobreza; así como en la ceremonia de investidura de la señora Nadine Heredia Alarcón, Primera Dama de la Nación, como Embajadora Especial de la FAO para el Año Internacional de la Quinua; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 127, del Despacho Ministerial, de 05 de febrero de 2013 y el Memorándum (OPR) N° OPR0057/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 06 de febrero de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modifi catoria, el Decreto Supremo Nº 005-2006- PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, del 19 al 20 de febrero de 2013, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, para que participe en las actividades por el Año Internacional de la Quinua. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906: Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso 2,750.00 220.00 2 + 1 660.00 Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Pedro Cateriano Bellido, Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 901078-1 Autorizan viaje a EE.UU. de miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 052-2013-PCM Lima, 13 de febrero de 2013 Visto: el Ofi cio Nº 010-2013-PE/IRTP, remitido por la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, el Seguro Integral de Salud y el Fondo Intangible Solidario de Salud (Fissal), han fi rmado un convenio con la Universidad de Miller de Miami, para que los niños peruanos afi liados al SIS, sean operados en el Jackson Memorial Hospital y en el Miami Children´s Hospital, para lo cual se realizará la primera operación de trasplante de médula ósea, en Miami; asimismo, se conmemorará el Año Internacional del Niño con Cáncer, a realizarse en Nueva York; Que, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de dichos eventos; por lo que se estima conveniente autorizar el viaje de los señores Héctor Alexander Vigo Terán y Cristian Omar Murillo Monroy, quienes son miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;