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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (14/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de febrero de 2013 487989 Informativos, para el caso del registro de actualizaciones de prospectos informativos en el supuesto de variaciones fundamentales, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del diario ofi cial El Peruano y del Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob. pe); y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093- 2002-EF; el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02, y por los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el artículo 38, numeral 8, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer el registro de la Actualización Nº 2, por variación fundamental, del prospecto marco correspondiente al “Primer Programa de Bonos de Titulización de Cuentas por Cobrar de Los Portales S.A. – Negocio Inmobiliario”, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a Los Portales S.A., en su calidad de originador; a Continental Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fi duciario; a BBVA Banco Continental y MBA Lazard S.A.B. S.A., en su calidad de entidades estructuradoras; a Continental Bolsa S.A.B. S.A. y MBA Lazard S.A.B. S.A., en su calidad de entidades colocadoras; a la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades 900160-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco INTENDENCIA REGIONAL CUSCO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 090-024-0000240/SUNAT Cusco, 8 de febrero de 2013. CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el articulo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco, al funcionario que se indica a continuación: - DARCY FERNANDO VALDIVIA DEL CASTILLO con Reg. 8272 Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOVANNA C. LEDESMA RIVAROLA Intendente Regional Intendencia Regional Cusco 901064-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chimbote RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 091-2013-00034-SUNAT/3S0000 Chimbote, 6 de febrero de 2013 VISTO: El Informe Nº 02-2013-SUNAT/3S0010 de fecha 05.Feb.2013, a través del cual se evidencia la necesidad de dejar sin efecto la designación del Auxiliar Coactivo y designar un nuevo Auxiliar Coactivo para la Intendencia de Aduana de Chimbote con el propósito de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva; CONSIDERANDO: Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados, los que han sido refrendado por la División de Información de Personal en respuesta al Memorándum Electrónico - 00005 - 2013 - Intendencia De Aduana De Chimbote de fecha 31.Ene.2013; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia,