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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2013 488386 Artículo Segundo.- ENCARGAR al Regidor hábil de la lista elector, Sr. HILDEBRANDO SANDOVAL ZAMORA, la atención del despacho de Alcaldía del 25 de febrero al 01 de Marzo del presente año. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la participación del Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, en la reunión de autoridades del agua denominado “Campaña Orgullo para la Conservación y Recuperación de los Servicios Ecosistémicos de las Micro cuencas Rumiyacu y Mishquiyacua de Moyobamba”, no generaran egreso alguno por concepto de alimentación, hospedaje y transporte en la Ciudad de Guadalajara- Jalisco –MEXICO, señalando que esto será asumido por RARE CONSERVATION, a excepción del seguro de viaje. Artículo Cuarto.- CUMPLASE con publicar el presente acuerdo de Concejo, en el Diario Ofi cial EL PERUANO y el de mayor circulación de nuestra ciudad, conforme lo establece la normatividad de la materia. Artículo Quinto.- HACER de conocimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y demás órganos competentes para los fi nes de ley. Por tanto: Mando se registre, publíquese y cúmplase VICTOR MARDONIO DEL CASTILLO REATEGUI Alcalde 903120-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY Autorizan viaje a Brasil del Alcalde, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2013-SO-MDM Manantay, 1 de enero del 2013 VISTO: En Sesión ordinaria de Concejo celebrada en la fecha en la Sala de Regidores, convocada y presidida por el Señor Alcalde Ing. Guillermo Cornelio Chino Mori y la asistencia de los Señores Regidores, María del Pilar Donayre Guerrero, Geni Llerme Tafur Flores, Roberto García García, Marcelo Rengifo Alván, Dámaris Arévalo Shapiama, Wendy Luz Curico Baneo, Orlando Panduro Ríos, Rubén Munarris Noriega y Segundo Alejandro Ramírez Angulo, el expediente Nº 00261-2013 promovido por el Director Regional - Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe ONWARD Internacional, a fi n de participar en la Misión Técnica Internacional de Capacitación Municipal sobre Planifi cación Urbana, Transporte Colectivo, Reciclaje, Manejo de Residuos Sólidos y Proyectos inclusivos de Salud y Erradicación de la pobreza, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado reformada mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, y tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto para el año fi scal 2013, en su artículo 10º - Medidas en materia de bienes y servicios, numeral 10.1) prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos con excepción de los casos que se detallan en dicho numeral; sin embargo, en el mismo numeral existe una salvedad en el caso que el Titular de la Entidad requiere viajar al exterior del país por motivos que no están comprendidos en las causales previstas; las mismas deben estar autorizadas por el Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo Municipal, y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Que, la Ley Nº 27972 - Ley orgánica de Municipalidades en su artículo inciso 119 establece que son atribuciones del Concejo Municipal: “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”. Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, con el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, prescribe que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje. Que, mediante el Informe Nº 040-2013-MDM-GM- GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina: “que desde la perspectiva legal no hay impedimento para que el Señor Alcalde asista al evento sub materia; por lo que resulta procedente que el Concejo Municipal tome la decisión adecuada a dicho fi n, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, siempre que exista disponibilidad presupuestal y se practique los actos administrativos previos con arreglo a ley. Que, los Acuerdos de Concejo son Normas Municipales que regulan los actos de gobierno, expedidos por el Concejo Municipal en base a la potestad exclusiva que tienen las Municipalidades de emitir normas en el marco de sus competencias, en observancia a lo prescrito en el Art. 39 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo se estipula en el Art. 41º de la glosada norma legal que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.” Que, en uso de las facultades que le confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y contando con el voto unánime de los señores regidores se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- El Concejo Municipal, Acordó: AUTORIZAR por unanimidad, el viaje del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Manantay, Ing. Guillermo Cornelio Chino Mori, a la ciudad de CURITIBA, Capital del Estado de Paraná, en la República Federativa del Brasil, entre los días 23 de febrero al 02 de marzo del año 2013, en calidad de invitado por la Dirección Regional de la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe ONWARD Internacional, a fin de participar en la Misión Técnica Internacional de Capacitación Municipal sobre Planificación Urbana, Transporte Colectivo, Reciclaje, Manejo de Residuos Sólidos y Proyectos Inclusivos de Salud y Erradicación de la Pobreza, el mismo que traerá consigo conocimiento en las diferentes temáticas que se desarrollarán, la que contribuirá en el fortalecimiento de las gestiones administrativas en lo referente a los temas mencionados, para lo cual la Municipalidad costeará los pasajes nacionales e internacionales de ida y vuelta y una bolsa de viaje que asciende a S/. Mil Ochoscientos Cincuenta y Siete y 60/100 Nuevos Soles (S/. 1,857 y 60/100 Nuevos Soles), conforme al Informe Nº 128-2013-MDM-GM-GPPyR. Los gastos de hospedaje y alimentación serán asumidos por dicha Entidad Organizativa del evento. Acuerdo que se efectúa con dispensa del trámite de su lectura. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la notifi cación y distribución del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. GUILLERMO CHINO MORI Alcalde 902642-1