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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2013 488382 TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de de las empresas de Telefonía para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a los dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero del 2001. Artículo Tercero.- DISPONER a HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. el pago del défi cit de aporte de Ministerio de Educación por el área de 30.17 m2, a redimirse en dinero al MINISTERIO DE EDUCACIÓN; el pago del défi cit de aporte de Parques Zonales por las áreas de 41.95 m2 (Comercio Zonal), 146.66 m2 (Comercio Vecinal) y 30.17 m2 (Residencial de Densidad Media), a redimirse en dinero a SERPAR LIMA; y el pago del défi cit de aporte de Renovación Urbana por las áreas de 25.17 m2 (Comercio Zonal), 87.99 m2 (Comercio Vecinal) y 15.08 m2 (Residencial de Densidad Media), a redimirse en dinero a EMILIMA, los cuales serán cancelados antes de la recepción de obras de habilitación urbana, quedando en garantía el predio resultante constituido por el Lote 3 de la Manzana “G” de Urbanización Huertos del Naranjal. Artículo Cuarto.- REMITIR una copia del FUHU, de los planos de trazado y lotización, la Memoria Descriptiva y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción del lote resultante y al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SERPAR LIMA Y EMILIMA para su conocimiento. Articulo Quinto.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano para su publicación, en un plazo que no debe exceder de los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo del propietario del predio objeto de la Habilitación Urbana. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, y Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres. Articulo Séptimo.- NOTIFICAR el presente acto administrativo a HIPERMERCADOS TOTTUS S.A, debidamente representado por su Apoderado Legal Sr. Pablo Seminario Butrich. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIANA LEDESMA CUEVA Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 902953-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Establecen monto mínimo del Impuesto Predial y del vencimiento para el pago de los tributos municipales para el Ejercicio Fiscal 2013 ORDENANZA Nº 272-MVES Villa El Salvador, 14 de febrero del 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 007-2013-GR/MVES de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 052-2013-OAJ-MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 050- 2013-GM-MVES de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 002-2013-CRyF/MVES de la Comisión de Rentas y Fiscalización; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 191º y 192º inciso 3) de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. 40º de la Ley Nº 27972; que indica que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, establece que mediante Ordenanza se puede crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Decreto Supremo Nº 264-2012-EF, aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 3,700 Nuevos soles para el Ejercicio Fiscal 2013, como índice de referencia en normas tributarias; el mismo que servirá para determinar el monto del Impuesto Predial Mínimo y Gastos de Emisión; Que, el Art. 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado con Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; faculta a las Municipalidades a establecer un monto mínimo a pagar por Impuesto Predial, equivalente a 0.6% de la U.I.T. vigente al primero de Enero de cada ejercicio fi scal; Que, el Art. 15º inciso b) del Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF, regula la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo que pueden efectuarse al contado hasta