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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2013 488380 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban habilitación urbana nueva de inmueble ubicado en el distrito RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 012-2013-SGCHU-GDU/MDSMP San Martín de Porres, 20 de enero de 2013 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Expediente Nº 36651-01-2012 de fecha 12 de Julio de 2012 y acumulados, promovido por HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., debidamente representado por su Apoderado Legal Pablo Seminario Butrich, mediante el cual solicita la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Usos Residencial de Densidad Media “RDM”, Comercio Zonal “CZ” y Comercio Vecinal “CV” del inmueble con un área de 5,280.55 m2, constituido por el Lote 3 de la Manzana “G” de Urbanización Huertos del Naranjal, inscrito en la Ficha Registral Nº 301206 y su continuación en Partida Electrónica Nº 43933787 del Registro Propiedad Inmueble, sobre el cual se desarrollará el Proyecto Comercial Hipermercados Tottus, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 5) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones Nº 29090, vigente cuando se inició el presente trámite, en su Art. 1º establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación, con la fi nalidad de facilitar y promover la inversión inmobiliaria; Que, mediante Expediente Nº 36651-01-2012 de fecha 12 de Julio de 2012 y acumulados, HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. solicita aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, Comercio Zonal “CZ” y Comercio Vecinal “CV” del inmueble con un área superfi cial de 5,280.55 m2, constituido por el Lote 3 de la Manzana “G” de Urbanización Huertos del Naranjal, inscrito en la Ficha Registral Nº 301206 y su continuación en la Partida Electrónica Nº 43933787 del Registro de Propiedad Inmueble, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, con Carta Nº 1781-2012-EOMRC de fecha 12 de Julio del 2012, la empresa SEDAPAL señala que es factible que, el predio constituido por el Lote 3 de Mz. “G” de Urbanización Huertos del Naranjal, cuente con el servicio de agua potable y alcantarillado. Para contar con el servicio de agua potable de acuerdo a las condiciones actuales deberá proyectar e instalar una tubería de Ɏ 110 mm PVC clase PN 10 a lo largo de la Av. Canta Callao con un (01) empalme a la red existente de Ɏ 110 mm en la Av. Central y un (01) empalme a la red existente de Ɏ 110 mm en la Av. Los Sauces cubriendo el frente de la propiedad del lote a servir incluyendo la instalación de un grifo contra incendio. Asimismo, se deberá proyectar e instalar una (01) conexión domiciliaria con su respectivo medidor de Ɏ 20 mm (3/4”); Que, con Documento GC/SMNR/CL&C/004747/2012 de fecha 11 de Junio de 2012, la empresa EDELNOR señala que otorga la factibilidad de suministro de electrifi cación para el predio ubicado en Lote 3 de Manzana “G” de Urbanización Huertos del Naranjal, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, a favor de HIPERMERCADOS TOTTUS S.A.; Que, mediante Ofi cio Nº 2004-2012-MML-GDU- SPHU de fecha 19 de Octubre de 2012, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se manifi esta que es procedente otorgar la Visación del Plano de Lotización para el procedimiento de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para el predio de 5,280.55 m2, ubicado en la intersección de la Av. Canta Callao esquina con la Av. Central, constituido por el Lote 3 de la Mz. “G” de la Habilitación Pre Urbana Huertos del Naranjal, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; al haberse verifi cado el cumplimiento de los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios de conformidad a lo establecido en las Ordenanzas Nº 1015-MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML, recomendándose a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que gestione ante el Instituto Metropolitano de Planifi cación (IMP) el reajuste de ésta vía en este tramo teniendo en cuenta que no guarda relación con las existentes y las aprobaciones otorgadas; asimismo, que se verifi que en el proceso de Licencia de Edifi cación que las áreas de estacionamiento requeridas sean resueltas dentro de su lote; ANEXO 2 ESTIMACIÓN DE INGRESOS POR EL COBRO DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA Servicio Costo Anual en S/. Cobertura en % Cobertura de Carpetas a Emitir al 01.01.2013 Nro. de Contribuyentes con corte al 31.05.2012 Diferencia Costo del Servicio Ingreso Estimado Diferencia Ingreso Estimado / Costo del Servicio (1) (2) (3) (4) = (2) - (3) (5) (6) = S/. 5.87 x 26,422 carpetas (7) = (5) - (6) (8) = (6) / (5) EMISIÓN MECANIZADA 27,600 26,422 1,178 162,167.99 155,097.14 7,070.85 95.64% 903087-1