Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2013 (02/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Martes 2 de MORDAZA de 2013

498491
resolucion judicial (articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 956550-1

· Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Juez Superior (T) Presidente · Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Juez Superior (T) · Dra. MORDAZA MORDAZA Brindani Farias-Rios Juez Superior (S)

Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de MORDAZA Sur, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de esta Corte y de los Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, notifiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA SAHUANAY CALSIN Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur 956156-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran infundado recurso extraordinario por afectacion del debido MORDAZA y de la tutela procesal efectiva contra la Res. Nº 501-2013-JNE
RESOLUCION Nº 619-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00600 MACHUPICCHU - URUBAMBA - MORDAZA NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2013 MORDAZA, veinticinco de junio de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso extraordinario por afectacion al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva interpuesto por MORDAZA Mariscal Ugarte contra la Resolucion Nº 501-2013-JNE del 28 de MORDAZA de 2013, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Referencia sumaria de la resolucion de MORDAZA instancia Mediante la Resolucion Nº 501-2013-JNE, del 28 de MORDAZA de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones (en adelante JNE) declaro fundado el recurso de apelacion planteado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expersonero legal titular de la organizacion politica Partido Aprista Peruano, y revoco la Resolucion Nº 006-2013-JEECUSCO/JNE, de fecha 5 de MORDAZA de 2013, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, para las Nuevas Elecciones Municipales del ano 2013, que declaro fundada la tacha interpuesta por MORDAZA Mariscal Ugarte en contra de la inscripcion de Lista de candidatos correspondiente a la Municipalidad Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica Partido Aprista Peruano, y reformandola, declararon infundada la tacha (fojas 341 a 349). El organo colegiado MORDAZA el recurso de apelacion en contra la resolucion MORDAZA citada, toda vez que de los medios probatorios adjuntados por el apelante se acredito, de manera fehaciente e indubitable, el cumplimiento, por parte de la organizacion politica Partido Aprista Peruano, del MORDAZA normativo electoral, las normas estatutarias y reglamentarias de democracia interna de la mencionada agrupacion partidaria. Argumentos del recurso extraordinario Con fecha 18 de junio de 2013, el recurrente interpuso recurso extraordinario por afectacion del derecho al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva (fojas 372 a 375), entre otros, sobre la base de los siguientes fundamentos: a. El JNE se ha sustentado en argumentos falsos haciendo una interpretacion arbitraria de los medios probatorios ofrecidos por el personero de la organizacion politica Partido Aprista Peruano. b. El JNE ha interpretado y violado el MORDAZA de veracidad y eficacia de los medios probatorios, los mismos que deben ser utiles, pertinentes, conducentes y veraces. CUESTION EN DISCUSION

ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Indice de reajuste diario, a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de MORDAZA
CIRCULAR Nº 0026-2013-BCRP MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2013 El indice de reajuste diario, a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de MORDAZA es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 INDICE 7,79689 7,79755 7,79820 7,79886 7,79952 7,80018 7,80083 7,80149 7,80215 7,80281 7,80347 7,80412 7,80478 7,80544 7,80610 7,80676 DIA 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 INDICE 7,80742 7,80807 7,80873 7,80939 7,81005 7,81071 7,81137 7,81203 7,81269 7,81334 7,81400 7,81466 7,81532 7,81598 7,81664

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o

En el presente recurso extraordinario por afectacion del derecho al debido MORDAZA y a la tutela procesal

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