Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2013 (03/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

498560
POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo del fecha 29 de MORDAZA del 2013, el Memorandum Nº 165-2013MDP/OPP del 09 de MORDAZA del 2013 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 126-2013MDP/OAJ del 14 de MORDAZA del 2013 de la Oficina de Asesoria Juridica y Proyecto de "Ordenanza que aprueba la Adhesion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA a la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este"; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, establece como atribuciones del concejo municipal "Aprobar modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos". Que, mediante Ley Nº 29029 - Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, se establecio el MORDAZA juridico para el desarrollo y promocion de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el articulo 124º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 29029, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos o mas municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, respecto a la constitucion de la Mancomunidad Municipal, el inciso 5.1) del Articulo 5º de la acotada Ley establece que la voluntad de constituir una Mancomunidad Municipal y su estatuto se aprueba mediante ordenanza de las respectivas municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes tecnicos que den viabilidad a su creacion; Que, la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29341 "Ley que modifica la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, y dicta otras disposiciones" establece que las mancomunidades municipales existentes adecuaran su constitucion y estatutos mediante ordenanzas municipales de las municipalidades que la integran; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 478-2010-PCM-SD, publicada el 31 de MORDAZA de 2011, se reconoce a la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este, integrada por las municipalidades distritales de San MORDAZA, Cieneguilla, El MORDAZA, La MORDAZA y San MORDAZA, en la Provincia de MORDAZA, en el Departamento de Lima; Que, por Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, se aprobo el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, de cuyo Capitulo III, Articulo 13º se establece la adhesion de Municipalidades a las Mancomunidades Municipales ya constituidas, previo cumplimiento de ciertos requisitos; Estando a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo Municipal se aprobo la siguiente: "ORDENANZA QUE APRUEBA LA ADHESION DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA A LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL MORDAZA ESTE" Articulo Primero.- La presente Ordenanza Municipal tiene por finalidad aprobar la Adhesion de la Municipalidad distrital de MORDAZA a la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este", de la Provincia de MORDAZA, en el Departamento de MORDAZA La Mancomunidad Municipal MORDAZA Este tiene por objeto:

El Peruano Miercoles 3 de MORDAZA de 2013

a) Fomentar la prestacion eficiente del servicio de seguridad ciudadana. b) Diseno y ejecucion de proyectos de infraestructura vial y ordenamiento urbano. c) Formulacion e implementacion de politicas de gestion ambiental. d) Promover el desarrollo economico local. e) Fortalecimiento de capacidades para el desarrollo local. Articulo Segundo.- Aprobar el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este", ratificando el contenido, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- Delegar las competencias y funciones a la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este", las que se detallan a continuacion: Funciones especificas exclusivas: Las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal, las siguientes funciones: a) Gestionar y concertar con instituciones del sector publico y privado sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos conformantes de la Mancomunidad Municipal. b) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA y rural que MORDAZA indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la Mancomunidad Municipal. c) Participar en los procesos del Presupuesto Participativo y en otros espacios de concertacion y participacion ciudadana en los diferentes niveles de gobierno, respecto a los programas y proyectos que beneficien a la Mancomunidad Municipal. d) Planificar, ejecutar, monitorear actividades de apoyo directo e indirecto a la Seguridad Ciudadana, Infraestructura Vial y Ordenamiento MORDAZA, Gestion Ambiental, Desarrollo Economico Local y otros MORDAZA que determine el Consejo Directivo. Funciones especificas compartidas: a) Mejorar la calidad de los servicios que se brindan a los ciudadanos. b) Promover la participacion ciudadana. c) Unir esfuerzos e iniciativas para promover el desarrollo integral de los distritos conformantes de la Mancomunidad Municipal. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificacion y Presupuesto y demas Unidades Organicas el cumplimiento de la presente Ordenanza y Oficina de Informatica y Estadistica la Publicacion de la misma en el MORDAZA Institucional de esta Municipalidad y la Oficina de Relaciones Publicas para su difusion. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", la misma que entrara en vigencia al dia siguiente que esta se produzca. Articulo Sexto.- DISPENSAR del tramite de la aprobacion del acta para proceder a la ejecucion inmediata de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 956804-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban la realizacion de matrimonio civil comunitario por aniversario del distrito de Surquillo
ORDENANZA Nº 296-MDS Surquillo, 25 de junio de 2013

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.