Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2013 (03/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Miercoles 3 de MORDAZA de 2013

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(...) Articulo 10º.MUNICIPALIDAD OBLIGACIONES DE LA

"Articulo 7º.- PROCEDIMIENTOS REGULADOS Los procedimientos administrativos regulados en el presente reglamento son los siguientes: 7.1 Licencia de funcionamiento definitiva o temporal. 7.2 Licencia de funcionamiento definitiva o temporal, conjuntamente con la autorizacion de anuncio adosado frontalmente a la fachada. 7.3 Licencia de funcionamiento definitiva o temporal para cesionarios. 7.4 Licencia de funcionamiento definitiva o temporal para mercados de abastos y galerias comerciales. 7.5 Cambio de denominacion y razon social en la licencia de funcionamiento definitiva o temporal. 7.6 Duplicado de licencia de funcionamiento definitiva o temporal. 7.7 Cese de actividades. Articulo 8º.COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD Compete a la Municipalidad a traves de los organos y unidades organicas correspondientes lo siguiente: 8.1 Regular los procedimientos mencionados en el articulo 7º de la presente Ordenanza. 8.2 Autorizar el funcionamiento de los establecimientos ubicados en la jurisdiccion del distrito de Lince, para desarrollar cualquier actividad comercial, industrial, artesanal y profesional. 8.3 Resolver los recursos administrativos relacionados con la licencia de funcionamiento en sus distintas modalidades. 8.4 Fiscalizar y dar cumplimiento de esta Ordenanza dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad. 8.5 Comprobar la autenticidad de los formularios, documentos y/o declaraciones presentadas, asi como la veracidad de la informacion contenida en los mismos, en via de fiscalizacion posterior. 8.6 Aplicar las sanciones administrativas correspondientes, y adoptar las medidas que resulten necesarias, en caso que la informacion contenida en los formularios, documentos y/o declaraciones presentadas no sea veraz, cuando se detecte la no autenticidad de los mismos, y/o cuando se compruebe el incumplimiento de la normatividad aplicable. 8.7 Difundir publicamente, por los medios que estime pertinentes, las sanciones y medidas aplicables. 8.8 Hacer de conocimiento de las autoridades competentes la comision de actos ilicitos tipificados como delito o falta por las normas penales en vigencia, sin perjuicio de la aplicacion de las sanciones administrativas correspondientes. 8.9 Las demas competencias que la Ley establezca. Articulo 9º.ADMINISTRADOS DERECHOS DE LOS

Son obligaciones de la Municipalidad: (...) 3.- Generar y mantener actualizado, bajo responsabilidad funcional, el Registro de Licencias de Funcionamiento del distrito de Lince. Articulo 11º.- OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Y/O CONDUCTOR DEL ESTABLECIMIENTO Es obligacion del titular de la licencia de funcionamiento de cualquier modalidad y/o conductor del establecimiento: a) Exhibir la Licencia de funcionamiento. b) Exhibir el Certificado de Defensa Civil. c) Desarrollar unicamente el o los giros autorizados. d) Mantener permanentemente las condiciones de seguridad del establecimiento autorizado. e) Mantener inalterables los datos consignados en la licencia de funcionamiento otorgada. f) De ser el caso, tramitar el procedimiento correspondiente en la Municipalidad cuando desee obtener una autorizacion de anuncio o toldos. g) Brindar las facilidades del caso a la autoridad municipal a efectos de poder fiscalizar correctamente el funcionamiento del establecimiento. h) Acatar las prohibiciones y/o sanciones administrativas que establezca la Municipalidad. i) Respetar los compromisos asumidos en la licencia de funcionamiento. j) Obtener una nueva licencia de funcionamiento cuando se realicen modificaciones con relacion a lo autorizado por la Municipalidad, de acuerdo a lo senalado en la presente Ordenanza. k) En los giros de venta de licor, deberan colocar en lugar visible, carteles con las siguientes inscripciones: "Prohibida la venta de bebidas alcoholicas a menores de 18 anos" y "Si has ingerido bebidas alcoholicas, no manejes". l) En las MORDAZA de juego, tragamonedas, bingos y a fines, colocar la siguiente inscripcion: "Los juegos de azar realizados constantemente pueden ser daninos para la salud". m) En todos los establecimientos publicos y privados de uso publico, deberan publicar el texto de la Ley Nº 27408, MORDAZA que establece la atencion preferente a: las mujeres embarazadas, los ninos, los adultos mayores, las personas con discapacidad y ademas consignaran carteles que faciliten su inmediata comprension y ubicacion. n) En los giros de cabina de Internet los propietarios deberan Instalar, en todos los equipos de computo, un software especial de filtro de contenido; que tenga como efecto impedir a menores de edad, la visualizacion de paginas Web de contenido y/o informacion pornografica, deberan colocar en lugar visible, carteles con las siguientes inscripciones: "Se prohibe a menores de edad el acceso a las paginas Web de contenido pornografico - Ley Nº 28119 Y Nº 29139". o) Otras establecidas en las normas de sanciones y multas vigentes de la Municipalidad Distrital de Lince. (...) Articulo 14º.- PROHIBICIONES DERIVADAS DE LA EXPEDICION DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Se encuentra terminantemente prohibido: 1. Transferir la licencia de funcionamiento. 2. Permitir el ingreso de escolares uniformados en los casos de establecimientos dedicados a los giros de alquiler y/o uso de juegos electronicos. 3. Permitir el ingreso de menores de edad en los casos de establecimientos que desarrollen actividades como discotecas, pub, club nocturno, casinos, tragamonedas, MORDAZA de billas o billar, bares, night club y pena. 4. Permitir el acceso de menores de edad a paginas de contenido pornografico. 5. Vender bebidas alcoholicas a menores de edad, en los establecimientos cualquiera sea su actividad economica.

Son derechos de los administrados: 1. Ser tratados en todo momento con respeto y consideracion por el personal de la Municipalidad Distrital de Lince. 2. Solicitar y obtener en forma veraz y gratuita, informacion sobre la zonificacion, indice de usos para actividades urbanas, cumplimiento de requisitos exigidos para la obtencion de la Licencia de funcionamiento. 3. Obtener gratuitamente el formulario de declaracion jurada para licencia de funcionamiento, para el inicio de los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza. 4. Recibir orientacion para el llenado del formulario o formularios exigidos por la Ley Nº 28976. 5. Conocer en cualquier momento el estado de la tramitacion de los procedimientos regulados por la presente Ordenanza, asi como la identidad de los funcionarios encargados de los mismos. 6. Solicitar MORDAZA de la licencia de funcionamiento vigente, en caso de sustraccion, deterioro o perdida, previo pago de la tasa correspondiente. 7. Interponer queja, debidamente motivada, por omision o demora injustificada en resolver los procedimientos regulados por esta Ordenanza y, en general, formular denuncias respecto de los defectos en la tramitacion de los procedimientos administrativos que realice.

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