Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2013 (03/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

498554
- Sub. Gerente de Programacion de Inversiones. - Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial - Jefe de la Unidad Formuladora de la Gerencial Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - 03 Planificadores de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional Tumbes. Cuya responsabilidad del equipo es la programacion y suministro de la informacion, de la evaluacion tecnica, asesoria y apoyo permanente al proceso. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en Vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y/o en el Diario de mayor circulacion de la Region, disponiendo su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Tumbes. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion. En Tumbes a los nueve dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Consejera Delegada POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 16 MAY 2013. MORDAZA MORDAZA VINAS MORDAZA Presidente Regional 956764-1 957196-1

El Peruano Miercoles 3 de MORDAZA de 2013

juridicas, solo tendran como Beneficio la condonacion de Intereses y Reajustes y no habra supresion ni condonacion del insoluto en los Arbitrios. DEBE DECIR: Articulo 4º.- IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES: Los contribuyentes que registren deudas vencidas por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales, siempre que cancelen al contado o fraccionen la deuda vigente total, tendran los siguientes descuentos: 1. Si cumple con cancelar la totalidad de su deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales se condonara el 100% de los Intereses y Reajustes, y se suprimira el 100% de los Arbitrios de ejercicios anteriores al 2009, siempre que no se encuentren en Cobranza Coactiva. 2. Si cumple con fraccionar la totalidad de su deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales se condonara el 100% de los Intereses y Reajustes acumulados, pagandose solo los intereses del fraccionamiento si los Convenios de Fraccionamiento superan las cuatro cuotas y se suprimira el 100% de los Arbitrios de ejercicios anteriores al 2009, siempre que no se encuentren en Cobranza Coactiva. Las Deudas que se encuentren en Cobranza Coactiva, correspondiente a personas naturales o juridicas, solo tendran como Beneficio la condonacion de Intereses y Reajustes y no habra supresion ni condonacion del insoluto en los Arbitrios.

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Modifican la Ordenanza Nº 188-MDL "Ordenanza que aprueba el Reglamento General de Licencias Municipales de Funcionamiento en el Distrito de Lince"
ORDENANZA Nº 325-MDL Lince, 26 de junio del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 02 de fecha 24 de Junio del 2013, emitido por la Comision de Desarrollo MORDAZA, con votacion por Unanimidad de los senores regidores, y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 188-MDL "ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE LICENCIAS MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE LINCE" Articulo Primero.- Modificar en forma general la Ordenanza Nº 188-MDL en toda referencia que se haga a la "Jefatura de Comercializacion, Anuncios y Ornato", se entendera como "Subgerencia de Desarrollo Economico Local", y en toda referencia que se haga a la "Jefatura de Defensa Civil" se entendera por "Subgerencia de Defensa Civil". Articulo Segundo.- Modificar en forma especifica los articulos 7º, 8º, 9º, inciso 3 del Articulo 10º, 11º, 14º, el Capitulo I del Titulo IV, 15º, 16º, tercer parrafo del articulo 19º, 25º, 26º, Capitulo IV del Titulo V, 29º, 31º, 34º, y 36º de la Ordenanza Nº 188-MDL, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera:

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 285-2013-MDI Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 285-2013-MDI, publicada en la edicion del dia 27 de junio de 2013. DICE: Articulo 4º.- IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES: Los contribuyentes que registren deudas vencidas por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales, siempre que cancelen al contado o fraccionen la deuda vigente total, tendran los siguientes descuentos: · Para Personas Juridicas, se condonara los intereses moratorios y reajustes. 1. Si cumple con cancelar la totalidad de su deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales se condonara el 100% de los Intereses y Reajustes, y se suprimira el 100% de los Arbitrios de ejercicios anteriores al 2009, siempre que no se encuentren en Cobranza Coactiva. 2. Si cumple con fraccionar la totalidad de su deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales se condonara el 100% de los Intereses y Reajustes acumulados, pagandose solo los intereses del fraccionamiento si los Convenios de Fraccionamiento superan las cuatro cuotas y se suprimira el 100% de los Arbitrios de ejercicios anteriores al 2009, siempre que no se encuentren en Cobranza Coactiva. Las Deudas que se encuentren en Cobranza Coactiva, correspondiente a personas naturales o

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.