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El Peruano Miércoles 3 de julio de 2013 498552 Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad (...) el acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario Ofi cial El Peruano (...)”; asimismo, se establece: “12.3. La entidad pública que transfi ere, (...) es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia (...)”. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 085- 2012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de diciembre del 2012 se acordó: “ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER la realización de coordinaciones entre el Consejo Regional de Tacna y el Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna a fi n de agotar todas las posibilidades técnicas y legales orientadas a que se pueda invertir mayores recursos en las provincias de Tarata y Candarave”, ello en razón a que históricamente las provincias de Tarata y Candarave han sido las menos favorecidas en la Región de Tacna en cuanto a la asignación presupuestal, sugiriéndose que se destine presupuesto del Gobierno Regional de Tacna con el fi n de que sea invertido en proyectos que sirvan para satisfacer sus distintas necesidades. Que, con Ofi cio Nº 1524-2013-ORAJ-GGR/GOB.REG. TACNA de fecha 24 de junio del 2013, recepcionado la misma fecha, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, solicita la aprobación de transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Camilaca, remitiendo la respectiva propuestas de Convenio de Transferencia Financiera para la ejecución del PIP: “Mejoramiento del Sistema de Almacenamiento Nocturno de la Sección de Riego Pampoco Pampa, Distrito de Camilaca - Candarave - Tacna”, adjuntándose los respectivos documentos e informes que sustentan su pedido. Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 032-2013-A- MDC del 14 de junio del 2013 emitido por la Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Camilaca; el Ofi cio Nº 0237-2012-A/MDC.TACNA del 21 de diciembre del 2012 emitido por la Municipalidad Distrital de Camilaca; el Ofi cio Nº 036-2013-GM/MD CAMILACA del 22 de mayo del 2013 emitido por la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Camilaca; el proyecto de Convenio Específi co sobre Transferencia Financiera, y Cofi nanciamiento entre la Municipalidad Distrital de Camilaca y el Gobierno Regional de Tacna, para la Ejecución del PIP de Competencia Municipal Exclusiva “Mejoramiento del Sistema de Almacenamiento Nocturno de la Sección de Riego Pampoco Pampa, Distrito de Camilaca - Candarave - Tacna”; el Ofi cio Nº 1601-2013- SGPRE-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 20 de junio del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 900-2013-ORAJ/GOB. REG.TAC del 21 de junio del 2013 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera del Gobierno Regional de Tacna a favor de la Municipalidad Distrital de Camilaca por el monto de S/. 1’292,687.45 (Un millón doscientos noventa y dos mil seiscientos ochenta y siete con 45/100 Nuevos Soles), para cofi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública denominado: “Mejoramiento del Sistema de Almacenamiento Nocturno de la Sección de Riego Pampoco Pampa, Distrito de Camilaca - Candarave - Tacna”, con Código SNIP Nº 200385, año fi scal 2013. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional, que de manera previa a la ejecución de la transferencia fi nanciera aprobada en el artículo primero, suscriba el respectivo Convenio Específi co de Transferencia Financiera que considera la ejecución del Proyecto de Inversión Pública denominado: “Mejoramiento del Sistema de Almacenamiento Nocturno de la Sección de Riego Pampoco Pampa, Distrito de Camilaca - Candarave - Tacna”, entre el Gobierno Regional de Tacna y la Municipalidad Distrital de Camilaca, el mismo que deberá contener las condiciones y estipulaciones siguientes: 2.1. El Proyecto de Inversión Pública referido en el artículo primero deberá ser ejecutado en forma obligatoria por la Municipalidad Distrital de Camilaca bajo la modalidad de Administración Directa, la misma que deberá acreditar la capacidad operativa suficiente que garantice el cumplimiento del objeto del Convenio. 2.2. La transferencia fi nanciera aprobada en el artículo primero será ejecutada por el Órgano Ejecutivo Regional, mediante los desembolsos que considere necesarios, los cuales se efectuarán de acuerdo al avance de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública, debiendo contarse previamente con el informe favorable de la Ofi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna. 2.3. Los presupuestos adicionales que se generen con relación al proyecto referido en el artículo primero deberán ser asumidos íntegramente por la Municipalidad Distrital de Camilaca. 2.4. La Municipalidad Distrital de Camilaca deberá comprometerse a brindar todas las facilidades que el caso amerite a los consejeros regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna para que puedan ejercer sus funciones y atribuciones fi scalizadoras respecto de la ejecución del proyecto de inversión pública referido en el artículo primero, ello en el marco de lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Tercero.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identifi cado en el artículo primero, ello de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en consecuencia, la Gerencia General Regional deberá: a) Monitorear y hacer el respectivo seguimiento de los fondos públicos transferidos a través de los Informes correspondientes; y, b) Verifi car el cumplimiento efectivo de los fi nes, metas físicas y fi nancieras del Proyecto de Inversión, debiendo presentar un Informe detallado al fi nal de su ejecución. En el caso de que la ejecución del proyecto de inversión pública tenga que afectar un ejercicio presupuestal distinto al presente (2013), el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna queda autorizado a suscribir las respectivas adendas, sin exceder en ningún caso el monto establecido en el artículo primero. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás entes regionales del Gobierno Regional de Tacna implementen el presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con el artículo 12 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. JULIA TERESA BENAVIDES LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna 956570-1