Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2013 (03/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 3 de MORDAZA de 2013

498551
Proyecto de Inversion, debiendo presentar un Informe detallado al final de su ejecucion. Quinto.- Disponer la publicacion de la presente MORDAZA regional en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2013, a traves de la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, debiendo realizar el pago respectivo el Organo Ejecutivo Regional. POR TANTO: Registrese y cumplase. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA Consejo Regional 956196-7

ACUERDO REGIONAL Nº 091-2013-GRA/CR-AREQUIPA MORDAZA, 25 de junio del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria aprobo el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, el Ejecutivo Regional a traves del Oficio Nro. 794-2013-GRA/PR-GGR, hace llegar al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional la documentacion referida a una transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Atiquipa, conforme al detalle senalado en el Oficio N° 154-2013-GRA/ORPPOT de la Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, cuenta con la disponibilidad presupuestal, siendo los componentes de la Transferencia Financiera propuesta el siguiente:
CODIGO SNIP 236153 PROYECTO ENTIDAD A FTE. FTO. MONTO EN TRANSFERIR SOLES Municipalidad Recursos 396,060.00 Distrital de Determinados Atiquipa

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Camilaca, para cofinanciar ejecucion de Proyecto de Inversion Publica
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 068-2013-CR/GOB.REG.TACNA

"Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Tratamiento y Reuso de Aguas en MORDAZA Localidad de Agua Salada, Distrito de Atiquipa ­ Caraveli - Arequipa". TOTAL

396,060.00

Tacna, veinticinco de junio del dos mil trece. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo, el articulo 192 prescribe: "Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15 establece como atribucion del Consejo Regional: "a) Aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo, el articulo 37 prescribe: "Los Gobiernos Regionales, a traves de sus organos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional". Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, en su articulo 12 regula lo relativo a las transferencias financieras permitidas entre entidades publicas durante el ano fiscal 2013 senalando lo siguiente: "12.1. Autorizase en el presente ano fiscal, la realizacion de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades que a continuacion se detallan: (...) c) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversion publica, y el mantenimiento de carreteras, y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles del gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripcion del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del presente literal solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2013". Asimismo, se establece "(...) 12.2. Las transferencias financieras autorizadas en el parrafo 12.1 se realizan (...) y, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de

Que, estando autorizadas las transferencias financieras para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversion publica y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento entre los niveles de gobierno subnacional, verificado el informe favorable de la Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial, y, correspondiendo al Consejo Regional formalizar su aprobacion; entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA del item 12.2 del articulo 12 de la Ley 29951 / Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Atiquipa, Provincia de Caraveli, Region y Departamento de MORDAZA, por el monto de Trescientos noventa y seis mil sesenta 00/100 (S/ 396,060.00) nuevos soles, para la ejecucion de la Obra denominada: "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Tratamiento y Reuso de Aguas en la Localidad de Agua Salada, Distrito de Atiquipa ­ Caraveli - Arequipa", debiendo suscribirse el Convenio. Segundo.- La Municipalidad Distrital favorecida por la presente transferencia financiera debera ejecutar los plazos, especificaciones tecnicas y presupuestales conforme al Expediente Tecnico. Tercero.- El monitoreo y seguimiento de la Obra mencionada en el articulo precedente, recaera en el Organo del Ejecutivo Regional y la fiscalizacion se efectuara a traves de los Consejeros Regionales de Arequipa. Cuarto.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRA ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identificado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3) del articulo 12 de la Ley 29951 / Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; en consecuencia, la Gerencia General Regional debera: ((a)) Monitorear y hacer el respectivo seguimiento de los fondos publicos transferidos en forma mensual a traves del Informe correspondiente; ((b)) Verificar el cumplimiento efectivo de los fines, metas fisicas y financieras del

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