Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2013 (06/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 8 al 28 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en la Mision Humanitaria Bilateral con el Ministerio de Defensa, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Defensa Civil y el Gobierno Regional de Piura; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 8 al 28 de MORDAZA de 2013, a fin que participe en la Mision Humanitaria Bilateral con el Ministerio de Defensa, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Defensa Civil y el Gobierno Regional de Piura. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 958899-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 565-2013 DE/SG MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nos. 536 y 552 del 1 y 5 de MORDAZA de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-2387 del 26 de junio de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 8 al 19 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en el entrenamiento de Oficiales de Abordaje de Interdiccion Maritima y de Embarque de Equipo Movil de Operaciones, a llevarse a cabo en el Callao; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin 958899-3

El Peruano Sabado 6 de MORDAZA de 2013

MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 8 al 19 de MORDAZA de 2013, a fin que participen en el entrenamiento de Oficiales de Abordaje de Interdiccion Maritima y de Embarque de Equipo Movil de Operaciones, a llevarse a cabo en el Callao. 1. Tecnico 2º 2. Oficial de Mar 1º 3. Oficial de Mar 1º 4. Oficial de Mar 3º 5. Oficial de Mar 3º Jimi PARTYKA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BACOKA MORDAZA MADRIGAL

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Formalizan asignacion de Gerentes Publicos en los cargos de Jefes de las Unidades Territoriales MORDAZA y Huancavelica del FONCODES
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 070-2013-FONCODES/DE MORDAZA, 05 de MORDAZA de 2013 VISTO: La Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 104-2013SERVIR-PE, la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 108-2013-SERVIR-PE y el Informe N° 142-2013-MIDIS/ SG-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica del MIDIS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica, disponiendo en su Tercera Disposicion Complementaria Final, la adscripcion a dicho Ministerio, entre otros

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