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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2013 (06/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Sábado 6 de julio de 2013 498741 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Acuerdo N° 055-2013-RMDD/CR.- Autorizan transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Iberia, para cofi nanciar Proyecto de Inversión Pública 498792 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA R.D. N° 108-2013/GOBIERNO REGIONAL PIURA- 420030-DR.- Rectifi can errores materiales de la R.D. N° 081-2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR 498793 R.D. N° 0109-2013/GOBIERNO REGIONAL PIURA- 420030-DR.- Rectifi can errores materiales de la R.D. N° 082-2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR 498794 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza N° 312-MDA.- Aprueban Ordenanza que regula la formalización de la actividad de los Recicladores en el Distrito de Ate 498795 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES D.A. N° 014-2013/MDSMP.- Disponen embanderamiento general de los inmuebles del Distrito de San Martín de Porres 498801 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA D.A. N° 00004-2013/MDSA.- Dispone embanderamiento de todos los inmuebles del Distrito de Santa Anita 498801 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Ordenanza N° 009-2013-MPH.- Aprueban Benefi cios Tributarios sobre reducción del monto por Arbitrios Municipales anteriores al Ejercicio 2013 498801 PROYECTOS TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. N° 394-2013 MTC/02.- Proyecto de Decreto Supremo que determina zonas de dominio restringido de las áreas circundantes del Aeropuerto Internacional de Iquitos 498803 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 144-2013-OS/CD.- Proyecto de resolución que aprueba la Norma: “Procedimiento Aplicable a la Valorización y Ajuste Tarifario por Construcción de las Derivaciones Principales de Transporte de Gas Natural por Ductos” 498806 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30061 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE PRIORITARIO INTERÉS NACIONAL LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD DE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR Y ESPECIAL DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DEL ÁMBITO DEL PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR QALI WARMA Y LOS INCORPORA COMO ASEGURADOS DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD (SIS) Artículo 1. Declaración de prioritario interés nacional Declárase de prioritario interés nacional la atención integral de la salud de los estudiantes de educación básica regular y especial de las instituciones educativas públicas del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para contribuir al desarrollo de sus capacidades y mejorar su estado de salud, con especial énfasis en las zonas alejadas del país. Artículo 2. Plan de Salud Escolar 2.1 El Ministerio de Salud elabora y aprueba un Plan de Salud Escolar, que incluye la evaluación integral de la salud, la promoción de comportamientos saludables y la promoción de entornos saludables, dirigido a los estudiantes de educación básica regular y especial del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el cual es aprobado por decreto supremo. 2.2 La información obtenida en la ejecución del Plan de Salud Escolar es registrada en el Sistema Informático del Seguro Integral de Salud (SIASIS). 2.3 El Ministerio de Salud coordina con el Ministerio de Educación la implementación de los componentes del Plan de Salud Escolar en las instituciones educativas públicas para que benefi cien al total de la población a que se refi ere la presente Ley. Artículo 3. Incorporación al Seguro Integral de Salud (SIS) Autorízase al Seguro Integral de Salud (SIS) para incorporar como afi liados al régimen subsidiado de salud, en forma gradual, a todos los estudiantes de educación básica regular y especial que no cuenten con seguro de salud y estén matriculados en las instituciones educativas públicas que participan en el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma.