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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2013 (08/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Lunes 8 de julio de 2013 498913 Artículo 20°.- Funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia Son funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia: a. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de los Procesos de Presupuesto Participativo. b. Verifi car que la Municipalidad Metropolitana de Lima cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras correspondiente a los proyectos priorizados en el proceso participativo. c. Vigilar que los recursos de la Municipalidad destinados al Presupuesto Participativo de cada año fi scal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d. Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identifi cados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados. e. Vigilar que la sociedad civil y demás instituciones públicas o privadas cumplan con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los proyectos de inversión, si los hubiera, incluidos en el proceso participativo. f. Informar a la Asamblea Metropolitana o CODEL, según corresponda, sobre los resultados de la vigilancia. g. Presentar un reclamo o denuncia al Concejo Metropolitano, a la Contraloría General de la República, Ministerio Público, a la Defensoría del Pueblo, en caso se encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso de presupuesto participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en éste. h. Podrán reunirse y organizarse de manera autónoma, de acuerdo al marco legal vigente. i. Hacer entrega de un informe, acervo documentario y toda la información necesaria al Comité de Vigilancia entrante, en el mes enero de cada año. TÍTULO III FASES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I DE LA PREPARACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 21°.- Fases del Proceso y Subprocesos. El Titular de la MML, en el ejercicio de sus competencias Regionales y Municipales preside y lleva a cabo las distintas fases del Proceso del Presupuesto Participativo, contando con el apoyo del Equipo Técnico, para su conducción y organización. Artículo 22°.- Fases del Proceso del Presupuesto Participativo El Proceso de Presupuesto Participativo será dirigido por el Equipo Técnico conforme a las siguientes fases: • Preparación, que comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de agentes participantes. • Concertación, que comprende las actividades de identifi cación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre agentes participantes. • Coordinación entre niveles de gobierno, que implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Nacional, Regional, Provincial y Distrital. • Formalización, que considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo presupuesto institucional y la rendición de cuentas sobre la ejecución. Artículo 23°.- Fase de Preparación Se inicia en el primer trimestre de cada año, a través de estrategias de comunicación y sensibilización a la población de Lima Metropolitana, así como a través de acciones de convocatoria, identifi cación y registro de agentes participantes. a) Comunicación: En esta etapa, la MML informará a la población, a través de los mecanismos de comunicación más apropiados, sobre los avances y resultados del proceso participativo anterior, los proyectos que se vienen ejecutando y que continuarán al año siguiente, así como la proyección del monto que debe destinarse para el presupuesto del año fi scal correspondiente. b) Sensibilización: Etapa a través de la cual se busca generar conciencia y promover la participación responsable de la sociedad civil organizada y del Sector Público en la gestión del desarrollo territorial, informando sobre los benefi cios y utilidad del proceso del Presupuesto Participativo. c) Convocatoria: La MML, en coordinación con la Asamblea Metropolitana de Lima y el CODEL, según corresponda, convocará oportunamente a la población e instituciones del Sector Público a participar en el proceso de presupuesto participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados y adjuntando el cronograma del proceso correspondiente, a fi n de garantizar una efectiva comunicación y participación del conjunto de agentes participantes. d) Identifi cación y Registro de Agentes Participantes: En esta etapa, la MML dispondrá las formas de registro. Se realizará de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 11° del presente Reglamento. e) Capacitación de Agentes Participantes: Será un proceso orientado a desarrollar capacidades y conocimientos necesarios para una adecuada participación del conjunto de agentes participantes en las distintas fases del proceso de presupuesto participativo, a través de la realización de talleres de capacitación. En ese sentido, la MML implementará a través del Equipo Técnico actividades y/o programas de capacitación en forma descentralizada de acuerdo a las necesidades del proceso. Esta etapa deberá desarrollarse básicamente entre los meses de enero y abril, siendo la participación en estos talleres requisito indispensable para participar en las siguientes etapas del proceso. CAPÍTULO II DE LA CONCERTACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 24°.- Fase de Concertación En esta fase se buscará promover la concertación entre funcionarios del Estado y representantes de la sociedad civil para identifi car los principales problemas y evaluar técnicamente la cartera de propuestas de proyectos presentados, priorizando aquéllos que contribuyan de forma más efectiva a la solución de estos problemas, así como al desarrollo territorial, especialmente de aquellos sectores más vulnerables y con mayores necesidades de servicios básicos en el marco del PRDC. Esta fase deberá realizarse entre los meses de abril y junio. Artículo 25°.- Desarrollo de Talleres de Trabajo Los Talleres de Trabajo serán convocados por el Titular de la MML con la debida anticipación y tendrán por objetivo, sobre la base de la visión y objetivos estratégicos establecidos en el PRDC y otros instrumentos de planifi cación vigentes; identifi car, analizar y priorizar los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión, defi niendo los compromisos que asuma el conjunto de agentes participantes. El Equipo Técnico deberá brindar el apoyo necesario para la realización de dichos talleres, debiendo preparar la información necesaria y sistematizar sus resultados para la posterior evaluación de las propuestas de inversión resultantes del proceso, a fi n que sean consideradas en los Presupuestos Institucionales de la MML. La votación para la priorización de los proyectos se podrá realizar en los talleres de trabajo, a través de consultas vecinales, medios electrónicos y otros mecanismos. Esta votación será tomada en cuenta con un peso relativo, entre otros criterios técnicos.