Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2013 (08/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CAPITULO III DE LA COORDINACION Y FORMALIZACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Articulo 26°.- Fase de Coordinacion entre niveles de gobierno El Titular de la MML, a traves del Equipo Tecnico, coordinara cuando sea necesario, con las municipalidades distritales y/o entidades del Gobierno Nacional, para la realizacion de estudios tecnicos en el MORDAZA del SNIP de los proyectos priorizados a desarrollar de manera conjunta; y, de ser el caso, el cofinanciamiento de dichos proyectos con las instituciones que corresponda. Esta fase puede extenderse mas alla de concluido el MORDAZA del presupuesto participativo. Articulo 27°.- Fase de Formalizacion En esta fase se desarrollaran los talleres de rendicion de cuentas del avance de ejecucion de los proyectos de los presupuestos participativos de anos anteriores, que incluye un Informe del Comite de Vigilancia del ano anterior, cuya informacion sera difundida a traves de la pagina Web de la MML. Asimismo, se llevara a cabo la eleccion del Comite de Vigilancia del ano siguiente y la suscripcion del Acta de Acuerdos y Compromisos. El Equipo Tecnico redactara un Informe del Presupuesto Participativo, el mismo que se MORDAZA de conocimiento de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA y del CODEL, segun corresponda, y luego, del Concejo Metropolitano para su aprobacion definitiva. Asimismo, dicho informe se presentara a las entidades publicas correspondientes en su oportunidad. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- La Gerencia Municipal Metropolitana, las unidades organicas, empresas y organismos publicos de la MML brindaran el soporte tecnico y legal que sea solicitado por el Equipo Tecnico para los fines del MORDAZA participativo. Segunda.- El Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA, tienen caracter supletorio para todo lo que no contemple el presente dispositivo. Tercera.- Los resultados del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo Anual se publicaran en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Encargar al Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana para que mediante Resolucion de Gerencia Regional, apruebe el cronograma del MORDAZA de Presupuesto Participativo, el cual sera publicado conjuntamente con la convocatoria en el mes de marzo de cada ejercicio fiscal. Quinta.- Las propuestas de proyectos en formulacion o a nivel de idea, que en la fecha de cierre establecida por el Equipo Tecnico, no hayan logrado su viabilidad podran continuar en el MORDAZA del siguiente ano si cumplen con todos los requisitos establecidos por el SNIP. Sexta.- La regulacion de los sub-procesos del presupuesto participativo senalados en el articulo 9° del presente Reglamento, se realizara a traves de las normas municipales correspondientes. Septima.- En tanto no se instale el Consejo de Desarrollo de Cercado de MORDAZA ­ CODEL, las atribuciones que le son conferidas en el presente Reglamento seran asumidas por la Asamblea Metropolitana de Lima. Octava.- El presente Reglamento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 18 de junio de 2013 MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 958515-1

El Peruano Lunes 8 de MORDAZA de 2013

Modifican el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA
ORDENANZA N° 1713 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de junio del 2013 los Dictamenes Nos.08-2012-MMLCMPVSCyM y 63-2013-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Participacion Vecinal, Servicios a la MORDAZA y de la Mujer y de Asuntos Legales ; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 198° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional-Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion-Ley N° 27680, la Ley de Bases de Descentralizacion N° 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modificatoria la Ley N° 27902 y la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 ; Ha dado la siguiente : ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 31° Y 36° DEL REGLAMENTO DE CONFORMACION, INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA METROPOLITANA DE MORDAZA, APROBADA MEDIANTE ORDENANZA N° 1622 Y PUBLICADA EL 11 DE AGOSTO DEL 2012 Articulo Primero.- Modificar los Articulos 31° y 36° del Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA, conforme a los textos siguientes: Articulo 31° DE LA VACANCIA Las organizaciones representantes de la Sociedad Civil ante la Asamblea Metropolitana de MORDAZA vacan por las siguientes causales : a) Perder inscripcion registral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. b) Renuncia expresa de la Organizacion representante de la Sociedad Civil ante la Asamblea Metropolitana de Lima. c) Cambio de domicilio de la Organizacion representante fuera de la jurisdiccion de la Metropoli. d) Sentencia judicial firme por delito doloso contra el representante de la Organizacion representante de la Sociedad Civil, salvo que esta designe otro representante. e) Inasistencia injustirficada a dos sesiones ordinarias consecutivas. La Asamblea Metropolitana de MORDAZA acuerda la vacancia de la organizacion representante de la Sociedad Civil por haber incurrido en alguna de las causales senaladas en el presente articulo. Para dicho efecto, la solitud de vacancia, debidamente sustentada debera ser sometida a consideracion de una comision integrada entre 3 y 5 miembros de la Asamblea Metroplitana de MORDAZA, la cual debera pronunciarse en el plazo de 15 dias habiles. La decision tomada por la comision podra ser reclamada ante la Asamblea Metropolitana de MORDAZA, la misma que para resolver, debera convocar a una sesion extraordinaria y contar con un quorum del 50%+1 de los miembros de la Asamblea Metropolitana de Lima. Articulo 36° DE LAS SESIONES DE LA ASAMBLEA METROPOLITANA DE MORDAZA a) La Asamblea Metropolitana de MORDAZA se reune ordinariamente dos (2) veces al ano y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Alcalde/sa Metropolitano/na. b) Puede ser convocada para opinar sobre cualquier MORDAZA o consulta que requiera el Gobierno Metropolitano siendo su naturaleza la coordinacion y la consulta.

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