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El Peruano Miércoles 10 de julio de 2013 499007 UNIDAD EJECUTORA 405 : Hospital de Apoyo Santa María del Socorro GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 6 552 563,00 ------------------ SUBTOTAL 6 552 563,00 ------------------ TOTAL PLIEGO 449 20 865 954,00 =========== PLIEGO 452 : Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS UNIDAD EJECUTORA 403 : Hospital Regional Lambayeque GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 12 431 537,00 2.3. Bienes y Servicios 2 784 277,00 ------------------- SUBTOTAL 15 215 814,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 452 15 215 814,00 =========== TOTAL EGRESOS 36 081 768,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 960067-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 135-2013-EF Mediante Ofi cio Nº 562-2013-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 135-2013-EF, publicado en la edición del 27 de junio de 2013. DICE: Artículo 6.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. DEBE DECIR: Artículo 6.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura y Riego. 960070-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 147-2013-EF Mediante Ofi cio Nº 560-2013-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 147-2013-EF, publicada en la edición del 29 de junio de 2013. DICE: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PRODUCTO 3 000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5 001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 100 555 287,00 UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3 000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5 001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 111 426 353,00 ============ TOTAL EGRESOS 211 981 640,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 443 : Gobierno Regional del Departamento de Arequipa PROGRAMA PRESUPUESTAL 082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios