Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2013 (10/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Miercoles 10 de MORDAZA de 2013

498991
29.3 El administrador debe realizar las acciones necesarias a efectos de las inscripciones en los registros publicos a que se refieren los numerales anteriores. Articulo 30. Duracion de la concesion deportiva El plazo MORDAZA de duracion de la concesion deportiva se establece en el reglamento de la presente Ley y puede ser mayor de treinta (30) anos. El referido plazo solo puede ser prorrogado si los creditos reconocidos hubieran sido totalmente pagados, incluyendo los creditos contingentes que MORDAZA reconocidos hasta el vencimiento del plazo original de la concesion deportiva. Articulo 31. Derechos de la sociedad receptora La sociedad receptora tiene derecho: a) b) Al pago oportuno de la retribucion por la concesion deportiva. A la restitucion, al termino del plazo de la concesion deportiva, de: i. Los bienes, activos y derechos entregados en concesion deportiva, con el desgaste natural inherente a su uso y disfrute durante la concesion deportiva, incluyendo los trofeos y similares. Los derechos sobre todos los jugadores profesionales, juveniles, menores y otros, incluyendo los derechos de formacion que les pueda corresponder.

de concesion deportiva, la junta de acreedores debe modificar el Plan de Reestructuracion respecto de los cronogramas de pago a que se refieren los literales b) y e) del articulo 17 de la presente Ley, asi como aprobar el cronograma de pago de los demas creditos reconocidos, teniendo en cuenta la propuesta del postor ganador. Tratandose de los creditos reconocidos de origen laboral, esta propuesta debe considerar que su cronograma de pagos no debe exceder el plazo MORDAZA de doce (12) meses, computado a partir de la fecha de suscripcion del contrato de concesion deportiva. Articulo 27. Subasta de la concesion deportiva declarada desierta o de no suscribirse el contrato de concesion deportiva La junta de acreedores, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contado a partir del dia siguiente de la realizacion de la junta en la que se declara desierta la subasta de la concesion deportiva, o de que la sociedad deportiva no suscriba el contrato de concesion deportiva, decide si opta por realizar una nueva subasta o por someter al deudor concursado y a la sociedad receptora al procedimiento concursal ordinario de la Ley Concursal. De optarse por la realizacion de una nueva subasta de la concesion deportiva, PROINVERSION, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contado a partir del dia siguiente de que la junta de acreedores ejercio dicha opcion, presenta a la misma las nuevas bases con las modificaciones que estime convenientes, las que son aprobadas por dicha junta en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contado a partir del dia siguiente de recibidas las nuevas bases. En este caso, el administrador debe convocar a la nueva subasta de la concesion deportiva en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, contado a partir de aprobadas las bases. Si la nueva subasta de la concesion deportiva es declarada desierta o la sociedad deportiva no suscribe el contrato de concesion deportiva, al deudor concursado y a la sociedad receptora les son de aplicacion el procedimiento concursal ordinario de la Ley Concursal. El reglamento puede establecer los demas plazos que se requieran a efectos de esta nueva subasta. Articulo 28. Escritura publica de la concesion deportiva El concesionario deportivo y la sociedad receptora representada por el administrador suscriben una escritura publica de otorgamiento de la concesion deportiva cuyo contenido minimo es el siguiente: (i) MORDAZA certificada de las partes pertinentes del acta de junta de acreedores aprobando las bases de la subasta para el otorgamiento de la concesion deportiva. (ii) Bases de la subasta para el otorgamiento de la concesion deportiva. (iii) MORDAZA certificada de las partes pertinentes del acta de junta de acreedores declarando el postor ganador de la subasta para el otorgamiento de la concesion deportiva. (iv) Un ejemplar del contrato de concesion deportiva suscrito por las partes.

ii.

c)

A todas las mejoras efectuadas en los bienes y activos entregados en concesion deportiva, sin que deba pagar suma alguna por las mismas, salvo aquellas de recreo que pueda separar el concesionario deportivo sin causar dano.

Articulo 32. Prohibiciones y obligaciones de la sociedad receptora Se prohibe a la sociedad receptora gravar, enajenar y celebrar actos y contratos sobre los bienes, activos y derechos entregados en concesion deportiva, con el objeto de garantizar la posesion util, tranquila e ininterrumpida de los mismos, y el cumplimiento de los fines y objetivos de la concesion deportiva. Asimismo, la sociedad receptora debe notificar a la brevedad al concesionario deportivo de cualquier procedimiento judicial o administrativo que pudiera afectar la titularidad de la misma sobre los bienes, activos y derechos entregados en concesion deportiva o que, de cualquier forma, pudiera afectar el cumplimiento y la eficacia del contrato de concesion deportiva. Articulo 33. Mantenimiento de las medidas cautelares Las medidas cautelares que no hubieran sido levantadas en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 18 de la Ley Concursal, en concordancia con el numeral 3.10 del articulo 3 de la Ley 29862, se mantienen en tanto continue el procedimiento concursal. Articulo 34. Indemnizaciones o penalidades del contrato de concesion deportiva Cualquier indemnizacion o penalidad que se derive del contrato de concesion deportiva o de su incumplimiento y que se otorgue a la sociedad receptora MORDAZA de la cancelacion de los creditos reconocidos, incluyendo los creditos contingentes que hayan sido reconocidos, es destinada al pago de estos. Articulo 35. Sociedad deportiva Para la suscripcion del contrato de concesion deportiva, el ganador de la subasta de la concesion deportiva debe constituir la sociedad deportiva, conforme a lo ofrecido en su propuesta tecnica. La sociedad deportiva, en tanto se encuentre vigente el contrato de concesion deportiva, tiene como unico objeto social la ejecucion de dicho contrato y todo aquello que se derive de este, y se constituye mediante aporte a ser efectuado por el postor ganador de la subasta de la concesion deportiva, sin perjuicio de los aportes que

Articulo 29. Inscripcion de la concesion deportiva en el Registro de Personas Juridicas y el Registro Juridico de Bienes 29.1 Los partes de la escritura publica a que se refiere el articulo anterior son remitidos a los registros publicos para que el registrador inscriba la concesion deportiva en la partida registral de la sociedad receptora indicando los datos del concesionario deportivo, asi como el objeto y el plazo de la misma. 29.2 Los partes de la escritura publica a que se refiere el articulo 28 de la presente Ley son remitidos a las oficinas registrales en donde consten inscritos los bienes, para que el registrador inscriba la afectacion de la concesion deportiva indicando los datos del concesionario deportivo, asi como el objeto y el plazo de la misma.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.