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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2013 (10/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Miércoles 10 de julio de 2013 499013 Resolución Ministerial N° 374-2012-PRODUCE y sus modifi catorias; Que, en tal sentido, resulta pertinente dar por concluida la suplencia de funciones dispuesta mediante Resolución Secretarial N° 020-2012-PRODUCE/SG, y designar a la persona que ocupará dicho cargo; Con la visación del Despacho Viceministerial de Pesquería y de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la suplencia de funciones de Director de la Dirección de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción, asumida por la señorita ROSSY YESENIA CHUMBE CEDEÑO, mediante Resolución Secretarial N° 020-2012-PRODUCE/SG, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, al señor EDWIN FRANCISCO PACA PALAO, en el cargo de Director de la Dirección de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Ofi cina General de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 959936-1 SALUD Acreditan al Instituto Neuro Cardiovascular de las Américas como Laboratorio de Histocompatibilidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 399-2013/MINSA Lima, 8 de julio del 2013 Vistos, los Expedientes N°s. 12-035295-001, 12-035295- 004 y 12-035295-005, que contiene el Informe N° 013-2012- ONDT/MINSA y el Memorándum N° 114-2013-ONDT/MINSA de la Organización Nacional de Donación y Trasplante; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos, para fi nes de donación y trasplante, y su seguimiento; Que, el artículo 40° del Reglamento de la Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA y su modifi catoria, establece que la extracción y/o trasplante de órganos o tejidos de donantes vivos o cadavéricos, sólo se realizarán en establecimientos de salud que dispongan de una organización y régimen de funcionamiento interior que permita asegurar la ejecución de tales operaciones en forma efi ciente y satisfactoria; Que, el artículo 42° del precitado Reglamento, señala que la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT) establecerá los requisitos que deberán reunir los establecimientos de salud, que realicen la extracción y/o trasplantes de órganos o tejidos de donantes vivos o cadavéricos a que se refi ere el artículo 40° del mismo dispositivo, para su categorización y acreditación, con la fi nalidad de constituir la Red Nacional, Regional y Local, dedicada a la actividad de donación y trasplante de órganos y tejidos; Que, el artículo 47° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y modifi cado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 007-2006-SA, establece que la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT), es la responsable de las acciones de rectoría, promoción, coordinación, supervisión y control, de los aspectos relacionados a la donación y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional, según lo establecido por la Ley N° 28189 y su Reglamento; Que, el numeral 6.5 de la NTS N° 061-MINSA/DGSP. V.01 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud Donadores - Trasplantadores”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 999-2007/ MINSA, y modifi cada por Resolución Ministerial N° 289-2012/MINSA, dispone que: “Las acreditaciones se concederán por un período de tres años, renovables por períodos de igual duración, previa solicitud del centro, y caducarán, sin necesidad de previa declaración al efecto, transcurrido dicho período de tres años desde la fecha de su concesión, en ausencia de solicitud de renovación”; Que, por Carta s/n, de fecha 12 de abril de 2012, el Director Médico del Instituto Neuro Cardiovascular de las Américas, solicitó al Director Ejecutivo de la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT) la acreditación del Laboratorio de Histocompatibilidad del referido Instituto a fi n de brindar procedimientos técnicos de soporte de las actividades de extracción y trasplante de órganos y tejidos; Que, mediante documentos del visto, el Director Ejecutivo de la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT), precisa que la solicitud del Instituto Neuro Cardiovascular de las Américas ha sido aprobada por el Consejo Directivo de la ONDT mediante Actas de fecha 19 de julio de 2012 y 13 de diciembre de 2012, y en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 999-2007/MINSA, modifi cada por la Resolución Ministerial N° 289-2012/MINSA, corresponde la acreditación del Instituto Neuro Cardiovascular de las Américas como Laboratorio de Histocompatibilidad; Con las visaciones del Director Ejecutivo de la Organización Nacional de Donación y Trasplante, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA y el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditar al Instituto Neuro Cardiovascular de las Américas como Laboratorio de Histocompatibilidad, por un periodo de tres (3) años, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar a la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT) la supervisión y control del establecimiento acreditado por el artículo precedente. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 959912-1