Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2013 (10/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

499018
Juridica y del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar ilegal la huelga nacional indefinida convocada por la Federacion Medica Peruana a partir del 16 de MORDAZA de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Los servidores que acaten la huelga, seran sujetos de aplicacion de las sanciones administrativas a que hubiere lugar, segun la gravedad del caso, previstas en el articulo 155° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/ normas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 960066-1

El Peruano Miercoles 10 de MORDAZA de 2013

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Tecnigas Peru S.A.C. como taller de conversion a gas natural vehicular para la instalacion de kit de conversion o cambio de motor, ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2334-2013-MTC/15 MORDAZA, 5 de junio de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs 051787 y 067313 presentados por la empresa denominada TECNIGAS PERU S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, en el local ubicado en la Av. Mexico Nº 1460, Distrito de La MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de

conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, mediante Parte Diario Nº 051787 de fecha 24 de MORDAZA de 2013 la empresa denominada TECNIGAS PERU S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, en el local ubicado en la Av. Mexico Nº 1460, Distrito de La MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, con la finalidad de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion; escrito en el cual senalan que se considere los Partes Diarios Nºs 026677 y 036075; Que, mediante Oficio Nº 3280-2013-MTC/15.03 de fecha 09 de MORDAZA de 2013 y notificado el 15 de MORDAZA de 2013, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario Nº 067313 de fecha 21 de MORDAZA de 2013, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado. Que, de acuerdo al Informe Nº 425-2013-MTC/15.03. A.A., elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa TECNIGAS PERU S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa TECNIGAS PERU S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion o el cambio de motor correspondiente y operar en el local ubicado en la Av. Mexico Nº 1460, Distrito de La MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- La empresa TECNIGAS PERU S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 22 de febrero de 2014 22 de febrero de 2015 22 de febrero de 2016 22 de febrero de 2017 22 de febrero de 2018

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa TECNIGAS PERU S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.