Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2013 (10/07/2013)


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implementacion y funcionamiento del Vale Digital FISE aplicable al descuento en la compra del balon de GLP". CONSIDERANDO: Que, a traves de la Ley Nº 29852 se creo el Fondo de Inclusion Social Energetico (FISE) con la finalidad de realizar una compensacion social y promocion para el acceso al GLP de los sectores vulnerables urbanos y rurales; disponiendose encargar a OSINERGMIN por un plazo de dos anos su administracion y facultandosele a aprobar los procedimientos necesarios para la correcta administracion del fondo; Que, en atencion a las facultades MORDAZA mencionadas, mediante Resoluciones de Consejo Directivo N° 138-2012OS/CD, y 173-2012-OS/CD, modificadas posteriormente por las Resoluciones de Consejo Directivo N° 259-2012-OS/CD y 058-2013-OS-CD, se aprobaron los "Procedimientos, Plazos, Formatos y Disposiciones aplicables para la Implementacion y Ejecucion del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas" y "Disposiciones Complementarias para la Operatividad a Nivel Nacional del FISE aplicable al Descuento en la Compra del Balon de Gas de Usuarios que tienen Servicio Electrico", respectivamente; Que, el Reglamento de la Ley N° 29852, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, en su articulo 3°, define el Vale de Descuento FISE como el documento emitido por la Distribuidora Electrica, con las medidas de seguridad correspondientes, que contiene como minimo el nombre del Usuario FISE, numero de DNI, codigo de seguridad autogenerado, el valor economico del descuento aplicable al balon GLP de hasta 10 kg, el periodo de vigencia. El mismo que puede ser de caracter electronico. Que, el progresivo avance del programa de compensacion social y promocion de acceso al GLP mediante el Vale de Descuento FISE, requiere que se implementen esquemas automatizados que brinden agilidad y seguridad a las actividades operativas relacionadas a los procesos de emision, canje y liquidacion de dichos vales. Que, a fin de administrar con mayor eficiencia el fondo, establecer el uso de mecanismos tecnologicos en los procesos que desarrollan las Distribuidoras Electricas para coadyuvar al logro de los objetivos establecidos en la Ley de creacion del FISE, resulta necesario aprobar la MORDAZA "Disposiciones para la implementacion y funcionamiento del Vale Digital FISE aplicable al descuento en la compra del balon de GLP"; Que, conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, se exceptuan de publicacion los proyectos de reglamentos considerados de urgencia, expresandose las razones que fundamentan dicha excepcion; Que, en el esquema actual predomina el procesamiento manual que conlleva problemas de retraso en el cumplimiento de las obligaciones economicas, entre la distribuidora electrica y el Agente Autorizado respecto a la liquidacion de los vales canjeados, situacion que constituye un desincentivo para la sostenibilidad y avance del programa de compensacion para el acceso al GLP; ante esta problematica, la presente MORDAZA tiene el objetivo brindar un instrumento tecnologico que optimice los procesos de emision, canje y liquidacion de los Vales de Descuento FISE. Que, para este proposito se ha desarrollado un proyecto piloto del Vale Digital FISE, a partir del cual se han obtenido resultados satisfactorios para la gestion de los actores involucrados en el FISE y que han servido de insumo para el desarrollo de la presente norma. En ese sentido, resulta necesario exceptuar a la presente MORDAZA del requisito de publicacion del proyecto de MORDAZA en el diario oficial "El Peruano"; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29852, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion N° 18-2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar las "Disposiciones para la implementacion y funcionamiento del Vale Digital FISE aplicable al descuento en la compra del balon de GLP", que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Exceptuese a la MORDAZA, aprobada en el Articulo 1°, de la obligacion de publicacion del proyecto para comentarios. Articulo 3º.- Incorporar a la MORDAZA "Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para

El Peruano Miercoles 10 de MORDAZA de 2013

la implementacion y ejecucion del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, el numeral 8.5 del articulo 8º, con el siguiente texto: "Articulo 8.- Agentes Autorizados y suscripcion de convenios (...) "8.5. Los Agentes Autorizados que no se encuentren dentro del sistema del Vale Digital FISE, unicamente aceptaran como medio de pago para el canje del balon de GLP el Vale de Descuento FISE en fisico." Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion y del Procedimiento que aprueba en el diario oficial El Peruano. Asimismo, disponer su publicacion en el MORDAZA de internet de OSINERGMIN (www.osinergmin. gob.pe), conjuntamente con su exposicion de motivos. Articulo 5°.-.La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO DISPOSICIONES PARA LA IMPLEMENTACION Y FUNCIONAMIETNO DEL VALE DIGITAL FISE APLICABLE AL DESCUENTO EN LA COMPRA DEL BALON DE GLP TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Objetivo El presente cuerpo normativo tiene como finalidad establecer disposiciones para la operatividad del Vale Digital FISE con el fin de optimizar los procesos de emision, canje y liquidacion del Vale de Descuento FISE. Articulo 2°.- Esquema del Vale Digital FISE El esquema de funcionamiento del Vale Digital FISE se soporta en un sistema automatizado, operado por una Entidad Financiera para el canje electronico del Vale de Descuento FISE y los procesos de liquidacion respectivos. Para su funcionamiento requiere informacion que la Entidad Financiera debe recibir periodicamente de las Distribuidoras Electricas, respecto de los Agentes Autorizados, los Beneficiarios FISE y de los fondos que el Administrador FISE habilita para dicho proposito. Es operado por el Agente Autorizado quien desde un terminal electronico (celular u otro dispositivo) vinculado a la Entidad Financiera efectua la transaccion, siendo requisito para ello que el Beneficiario presente el Codigo del Vale Digital FISE y su DNI. Articulo 3.- Ambito de aplicacion y alcance La presente MORDAZA es de obligatorio cumplimiento para las empresas Distribuidoras Electricas y Agentes Autorizados. Se aplica en el ambito geografico donde los Agentes Autorizados cuenten con cobertura de telefonia fija o movil para canjear el Vale Digital FISE; en caso contrario, se continuara con la distribucion de Vales de Descuento FISE (fisicos), de acuerdo a las normas vigentes. En todo lo no establecido en la presente procedimiento se aplica lo establecido en las normas vigentes. Articulo 4.- Base Normativa. El presente procedimiento tiene como sustento las normas siguientes: a. Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico. b. Reglamento de la Ley N° 29852, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM y sus modificatorias c. Resolucion de Consejo Directivo N° 173-2012-OS/ CD que aprobo la MORDAZA Disposiciones Complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas de usuarios que tienen servicio electrico y modificatorias. d. Resolucion de Consejo Directivo Nº 138-2012OS/CD que aprobo el Procedimiento, Plazos, Formatos

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