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El Peruano Sábado 20 de julio de 2013 499710 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el Plan MIMP para la atención de Heladas y Friaje 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2013-MIMP Lima, 12 de julio de 2013 Vistos, la Nota Nº 333-2013-MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 243-2013-MIMP/OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones y el Informe Nº 060-2013-MIMP/OGPP-OP- YRJC de la Ofi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Nota Nº 203-2013- MIMP/SG/ODN y el Informe Nº 017-2013-MIMP/SG/ODN de la Ofi cina de Defensa Nacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, defi ne la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, como “el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres, evitar la generación de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparación, atención, rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres, así como a minimizar sus efectos adversos sobre la población, la economía y el ambiente” y establece sus lineamientos; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que es responsabilidad prioritaria del Estado la protección de la vida e integridad de las personas, como valores constitucionales superiores; Que, con el marco normativo citado, mediante Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM, se aprobó la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, incorporándola como política nacional de obligatorio cumplimiento en el numeral 14 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM que defi ne y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, señalándose que su aplicación es de alcance para todas las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, comprendidas en el artículo 5 del Título II de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; y detallándose sus principios, objetivos prioritarios y lineamientos estratégicos; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 111- 2012-PCM, establece que la implementación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se ejecuta con cargo al presupuesto institucional de las entidades correspondientes, en el marco de las leyes anuales de presupuesto y de conformidad con la normativa vigente; Que, el Decreto Supremo Nº 064-2013-PCM, que aprueba el “Plan Multisectorial para la atención de Heladas y Friaje 2013”, establece que las entidades públicas competentes para la ejecución del referido Plan podrán implementar procedimientos y mecanismos en el marco de sus competencias para el cumplimiento de las acciones consignadas en el mencionado Plan Multisectorial, debiendo coordinar con la Secretaria de