TEXTO PAGINA: 3
El Peruano Domingo 21 de julio de 2013 499761 debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Eda Adriana Rivas Franchini 2,770.00 370.00 1 370.00 Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 965184-1 AGRICULTURA Y RIEGO Designan representantes del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la preparación, organización y realización de la “Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20”, la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10” y eventos conexos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0260-2013-MINAGRI Lima, 18 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 007- 2013-MINAM, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, encargado de la preparación, organización y realización de la “Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20”, la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10”, así como de sus actividades y eventos conexos; Que, según lo establecido en los artículos 3 y 5 del indicado Decreto Supremo, el referido Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado, entre otros, por un representante titular y otro alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, los cuales serán designados mediante Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como representantes del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la preparación, organización y realización de la “Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20”, la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10”, así como de sus actividades y eventos conexos, a las siguientes personas: Titular: Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios. Alterno: Maemi Esther Chinen Takagaki, Asesora de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial y a los representantes designados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 965064-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN