Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2013 (21/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 9.- La Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo comunicara a los titulares de permisos de pesca sobre embarcaciones cerqueras atuneras que enarbolan el pabellon nacional, la aprobacion de la presente veda. Articulo 10.- Las Direcciones Generales de Politicas y Desarrollo Pesquero, de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo y de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 11.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Comision Interamericana del Atun Tropical CIAT, a las Direcciones Generales de Politicas y Desarrollo Pesquero, de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo y de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

965183-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales R & U S.A.C. la modificacion de terminos de autorizacion contenida en la R.D. Nº 3078-2012-MTC/15, cambiando domicilio de su circuito de manejo ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2200-2013-MTC/15
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 038043 y 067311, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3078-2012MTC/15 de fecha 15 de agosto de 2012, se otorgo autorizacion a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., con R.U.C. Nº 20548287309 y domicilio en Av. MORDAZA de la Rivaguero Nº 1306, Mz. D Lt. 13, Urb. Popular El MORDAZA, 5to Piso, Provincia y Departamento de Lima; para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA de los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario Nº 038043 de fecha 01 de MORDAZA de 2013, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 3078-2012-MTC/15, para el cambio de domicilio del circuito destinado a las practicas de manejo, la misma que se ubica en: Autopista Panamericana Sur Km. 21 Margen Derecho, Distrito de MORDAZA El MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima;

Que, con Oficio Nº 3224-2013-MTC/15.03 de fecha 07 de MORDAZA de 2013, notificado en la misma fecha, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, el cual es respondido mediante Parte Diario Nº 067311 de fecha 21 de MORDAZA del presente ano; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, establece que la autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, la solicitud de autorizacion para el cambio de domicilio del circuito destinado a las practicas de manejo, presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., implica una variacion de uno de los contenidos de la Resolucion de Autorizacion, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de domicilio de su circuito de manejo, autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 3078-2012-MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60º de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe de Inspeccion Ocular Nº 0162013-MTC/15.jcb de fecha 28 de MORDAZA de 2013, se concluye que realizada la inspeccion ocular al circuito de practicas de manejo propuesto por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., esta cumple con lo establecido en el literal g) del articulo 43º del numeral 43.3 de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 424-2013-MTC/15.03. A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 3078-2012MTC/15, cambiando el domicilio de su circuito de manejo, la misma que se ubica en: "Autopista Panamericana Sur Km. 21 Margen Derecho, Distrito de MORDAZA El MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima". Articulo Segundo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; asi como encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion

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