Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2013 (22/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO: Que, los precios maximos o tarifas de distribucion del servicio publico de electricidad, se establecen mediante la fijacion del Valor Agregado de Distribucion (VAD), la cual debe llevarse a cabo cada 4 anos. La fijacion del VAD se realiza segun criterios previstos en los Articulos 63° al 68° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas (LCE) y sus normas reglamentarias, estableciendose en los Articulos 70° y 71° de la LCE que para la fijacion de los VAD definitivos es necesario que el regulador calcule la Tasa Interna de Retorno (TIR) considerando, entre otros elementos, el Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las instalaciones de cada empresa, de modo que si la TIR de cada respectivo conjunto de empresas no difiere en mas de 4 puntos de la Tasa de Actualizacion de la LCE (12%), los VAD que les dan origen, MORDAZA definitivos, caso contrario se ajustan proporcionalmente hasta alcanzar el limite mas proximo superior o inferior; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 76° de la LCE, el VNR representa el costo de renovar las obras y bienes fisicos destinados a prestar el mismo servicio con la tecnologia y precios vigentes y para su fijacion, los concesionarios presentan informacion sustentatoria, siendo facultad del regulador rechazar fundadamente la incorporacion de bienes innecesarios; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 77° de la LCE, cada cuatro anos, OSINERGMIN actualiza el Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las instalaciones de distribucion electrica, con la informacion presentada por las empresas concesionarias. En el caso de obras nuevas o retiros, la citada MORDAZA dispone que OSINERGMIN, incorporara o deducira el respectivo VNR; Que, atendiendo a que estan por finalizar los 4 anos de vigencia de los VAD fijados mediante Resolucion OSINERGMIN N° 181-2009-OS/CD y sus modificatorias, nos encontramos en MORDAZA de fijacion de los VAD que regiran para el periodo noviembre 2013 ­ octubre 2017, siendo necesario de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, determinar para efectos del calculo de la TIR, el VNR de las instalaciones de cada empresa concesionaria; Que, cabe indicar que para la determinacion de los referidos VNR, es necesario determinar los metrados de cada concesionaria, partiendo de la informacion reportada por las empresas, luego realizar una adaptacion de dichos metrados y finalmente, con los metrados resultantes adaptados fijar el VNR adaptado que sera utilizado para el calculo de la TIR; Que, habiendo OSINERGMIN recibido, procesado, validado y analizado las Altas y Bajas de metrados del periodo 01 de MORDAZA 2011 al 30 de junio 2012, partiendo de los metrados resultantes aprobados por Resolucion OSINERGMIN N° 254-2012-OS/CD, ha determinado dichas Altas y Bajas, asi como los metrados resultantes al 30 de junio de 2012, a efectos del calculo del VNR; Que, en consecuencia, para la fijacion del VAD, corresponde aprobar las Altas y Bajas de los metrados del periodo 01 de MORDAZA de 2011 al 30 de junio de 2012 y los metrados resultantes al 30 junio de 2012, asi como fijar el VNR de las instalaciones de distribucion electrica al 30 de junio de 2012; Que, se han emitido los Informes N° 321-2013-GART y N° 324-2013-GART, elaborados por la Division de Distribucion Electrica y la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN respectivamente, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios

El Peruano Lunes 22 de MORDAZA de 2013

Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y, estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion N° 019-2013. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe del proyecto de resolucion que aprueba las altas y bajas de las instalaciones de distribucion electrica correspondientes al periodo 01 de MORDAZA de 2011 al 30 de junio de 2012, los metrados resultantes al 30 de junio de 2012, asi como el Valor MORDAZA de Reemplazo al 30 de junio de 2012 conjuntamente con los Informes N° 321-2013-GART y N° 324-2013-GART y los instaladores, base de datos y manuales de usuario del Sistema de Informacion VNRGIS. Articulo 2°.- Definir un plazo de quince dias calendario, contados a partir de la fecha de la prepublicacion a que se refiere el Articulo precedente, para que los interesados remitan por escrito sus opiniones y/o sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) del OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y/o sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 224 0491 o via correo electronico a la siguiente direccion: soportevnr@osinergmin.gob.pe. La recepcion de las opiniones y/o sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 6:00 p.m. Articulo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de los comentarios que se presenten respecto al proyecto de MORDAZA, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo del OSINERGMIN. Articulo 4°.- La presente resolucion, debera ser publicada en el diario oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN
965067-2

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncias de magistrados de las Cortes Superiores de Justicia de La MORDAZA, Callao y MORDAZA
Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 072-2013-P-CE-PJ

MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Oficio N° 215-2013-SP-CSJLL/PJ cursado por el Secretario del Presidente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, que remite la solicitud de renuncia presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular del mencionado Distrito Judicial, con certificacion de firma ante el Secretario de la Presidencia de la referida Corte Superior.

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