Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2013 (29/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Lunes 29 de MORDAZA de 2013

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con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que establece que las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 80º numeral 3.1 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, clasifica como funcion exclusiva de las municipalidades distritales, el proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, mediante la Ordenanza Nº 127-MDSL se aprobo el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de San MORDAZA para el ano 2012, el mismo que tiene por objeto estableciendo como uno de sus objetivos estrategicos el lograr una ciudadania con buenas practicas en el cuidado del ambiente, precisando asimismo como una de las lineas de accion para el logro de dicho objetivo, la promocion del reciclaje domestico de residuos solidos; Que, a traves de la Ordenanza Nº 135-MDSL se MORDAZA la formalizacion de los segregadores de residuos solidos en el distrito de San MORDAZA estableciendo las pautas para ello, asi como MORDAZA la actividad del reciclaje y logrando su inclusion socio economica a traves de los puestos de trabajo dignos y concientizando a la poblacion de la importancia del reciclaje; Que, estando a la gran importancia del medio ambiente especialmente en estos tiempos, resulta necesario adoptar acciones encaminadas a la busqueda de los objetivos establecidos en la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos, incentivando buenas practicas en nuestro distrito, a fin de contribuir al cuidado de nuestro medio y de nuestra salud; Con las opiniones vertidas a traves de los documentos de visto y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA, aprobo la siguiente:

condiciones de inclusion y accesibilidad para las personas con discapacidad, mas aun si en la practica "Gobernando con el vecino: audiencias vecinales con transparencia e inclusion en la gestion", asi como en el desarrollo de las sesiones de Concejo y atencion el publico en otras formas de servicio, se ha incluido la interpretacion del lenguaje de senas a cargo de profesionales especializados en la materia, con el fin de generar mejores condiciones de MORDAZA y promover una igualdad de oportunidades entre los vecinos del distrito y la comunidad en general, buscando su participacion activa en la sociedad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9 y 41 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- Institucionalizar el uso de la lengua de senas en los servicios municipales a cargo de la Entidad, especialmente en la Plataforma de Atencion de la municipalidad y en la realizacion de "Gobernando con el vecino: audiencias vecinales con transparencia e inclusion en la gestion", sesiones de concejo, sesiones solemnes y demas actividades afines, promoviendo el desarrollo integral y la inclusion de las personas con discapacidad auditiva. Articulo Segundo.- Precisar que el uso de la lengua de senas esta a cargo de profesionales competentes y acreditados en la materia, para salvaguardar los intereses de las personas con discapacidad auditiva y a la vez asegurar la calidad del servicio que brinda la entidad. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano, en coordinacion con la Secretaria General, el cumplimiento de las especificaciones reguladas en el articulo MORDAZA del presente acuerdo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicacion del presente acuerdo en el MORDAZA Institucional (www.miraflores. gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

967698-1

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS PARA EL DISTRITO DE SAN MORDAZA 2013

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Plan de Manejo de Residuos Solidos para el distrito de San MORDAZA 2013
ORDENANZA Nº 160-MDSL
San MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO: En la Sesion Ordinaria de la fecha, el Oficio Nº 0212013-CEPAL-SR-MDSL a traves del cual los presidentes de las Comisiones de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales y de Servicios a la MORDAZA, remiten el Dictamen Nº 009-2013-CEPAL-SR-MDSL, mediante el cual por Unanimidad Dictaminan: "Recomiendan Aprobar el proyecto de Ordenanza que Aprueba el "Plan de Manejo de Residuos Solidos para el Distrito de San MORDAZA 2013"; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de reforma Constitucional Nº 28607, concordante

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo Primero.- Objeto Es objeto de la presente ordenanza aprobar el Plan de Manejo de Residuos Solidos para el Distrito de San MORDAZA 2013. Articulo Segundo.- Alcance Los beneficios establecidos en la presente ordenanza alcanza a todos los vecinos del distrito. Articulo Tercero.- Unidad Organica responsable La unidad organica responsable de hacer cumplir la presente ordenanza es la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, la cual tendra como funcion principal planificar, organizar, dirigir y controlar la ejecucion del Plan de Manejo de Residuos Solidos para el Distrito de San MORDAZA 2013, a traves de la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Saneamiento Ambiental.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Facultese al MORDAZA distrital para que mediante Decretos de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y/o reglamentarias de la presente ordenanza. Segunda.- En todo lo no previsto en la presente ordenanza se aplicara supletoriamente la Ley del Procedimiento Administrativo General No. 27444 y la Ordenanza No. 135-MDSL, que aprueba la Formalizacion

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