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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (06/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013 496582 30.2 Constituir el registro de los bienes muebles del CGBVP, en el cual se inscribirá todo su patrimonio mobiliario. 30.3 Mantener en custodia el archivo de los documentos fuentes que sustentan el ingreso, baja y transferencia de los bienes, con la fi nalidad de elaborar los correspondientes estados que servirán como elementos de información simplifi cada del patrimonio del CGBVP. 30.4 Valorizar mediante tasación, los bienes muebles que carecen de la respectiva documentación sustentatoria de su valor, así como aquellos que van a ser dados de baja, subastados, donados o transferidos. 30.5 Actualizar el valor de tasación de los bienes muebles que forman parte del patrimonio mobiliario del CGBVP, para los trámites de disposición de los mismos y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. 30.6 Integrar la Comisión de Inventario y coordinar la elaboración del inventario físico del patrimonio mobiliario del CGBVP, para proporcionar la información requerida por los distintos organismos del Estado. 30.7 Tramitar las solicitudes de baja de bienes muebles, conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. 30.8 Coordinar permanentemente con la Dirección de la Unidad de Logística a fi n de mantener el margesí de bienes actualizados. 30.9 Otras funciones que le sean encomendadas por la Ofi cina de Administración. Artículo 31º.- De la Unidad de Logística La Unidad de Logística es la unidad orgánica encargada de programar, coordinar, ejecutar y controlar el abastecimiento de bienes y prestación de servicios que requieren los órganos del CGBVP. Está a cargo del Director de la Unidad de Logística, quien forma parte del personal remunerado del CGBVP. Son funciones de la Unidad de Logística: 31.1 Proponer el Plan Anual de Contrataciones de bienes y servicios del CGBVP y sus modifi caciones. 31.2 Programar, dirigir, controlar y ejecutar la aplicación de los procesos técnicos del Sistema de Abastecimiento. 31.3 Dirigir y coordinar la adquisición, almacenamiento y distribución de los bienes del CGBVP, así como las acciones para el listado del control de proveedores. 31.4 Archivar y custodiar los Expedientes de Contrataciones del CGBVP. 31.5 Administrar la ejecución de los contratos relacionados con los servicios de mantenimiento y servicios generales. 31.6 Programar, coordinar, ejecutar y controlar la adquisición y suministro de bienes, la prestación de servicios y consultorías que requieran los órganos del CGBVP, así como la celebración y liquidación de los respectivos contratos. 31.7 Llevar el registro de procesos de selección de Licitaciones, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía. 31.8 Suscribir las Ordenes de Compra y Ordenes de Servicio. 31.9 Proveer la información necesaria para la formulación y ejecución del Presupuesto Institucional. 31.10 Preparar los Certifi cados de Prestación de Conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 31.11 Coordinar, programar, ejecutar y supervisar el mantenimiento preventivo-correctivo: í De los inmuebles e instalaciones í De los vehículos motorizados í De los equipos portátiles í De los equipos de protección personal í De los equipos de operaciones especiales í Del mobiliario 31.12 Distribuir y controlar el correcto uso de los vehículos que son asignados a las distintas unidades orgánicas del CGBVP 31.13 Programar, ejecutar y supervisar el servicio de vigilancia y limpieza en las ofi cinas de la sede institucional y sus anexos. 31.14 Verifi car la atención de los servicios básicos y tramitar la conformidad de servicios de la sede institucional y sus anexos; así como asegurar la pulcritud, limpieza y funcionalidad de las instalaciones. 31.15 Distribuir y controlar el combustible asignado a las unidades operativas y administrativas. 31.16 Coordinar y supervisar la seguridad interna y externa de los inmuebles de la sede Institucional y de las Comandancias Departamentales del CGBVP. 31.17 Coordinar con la Unidad de Control Patrimonial a fi n de proporcionar la documentación correspondiente para la actualización permanente del margesí de bienes patrimoniales. 31.18 Otras funciones que le sean encomendadas por la Ofi cina de Administración. CAPÍTULO II OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Artículo 32º.- De la Ofi cina de Imagen Institucional La Ofi cina de Imagen Institucional es el órgano de apoyo, dependiente de la Secretaría General, encargado de desarrollar actividades de difusión de la labor del CGBVP, a través de los medios de comunicación social. Tiene a su cargo el protocolo y las relaciones públicas institucionales. Está a cargo del Director de la Ofi cina de Imagen Institucional, quien forma parte del personal remunerado del CGBVP. Son funciones de la Ofi cina de Imagen Institucional: 32.1 Formular y ejecutar la estrategia de comunicación entre el CGBVP y los medios de comunicación nacional e internacional, elaborando y difundiendo el material informativo que permita una adecuada cobertura de sus actividades. 32.2 Brindar diariamente información a la Alta Dirección sobre las principales noticias y acontecimientos nacionales e internacionales vinculados a las actividades propias de la institución. 32.3 Dar cobertura periodística a las actividades de la Alta Dirección preparando sus conferencias de prensa para su respectiva difusión o archivo, cuando así sea necesario. 32.4 Coordinar las acciones protocolares de la Alta Dirección. 32.5 Coordinar con la Unidad de Personal, la realización de actividades internas de carácter cultural y social, buscando la integración del personal del CGBVP. 32.6 Supervisar la actualización de la página web del CGBVP. 32.7 Otras funciones que le sean encomendadas por la Secretaria General. TÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA CAPÍTULO I DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES Artículo 33º.- De la Dirección General de Operaciones La Dirección General de Operaciones es el órgano de línea, dependiente de la Vice Comandancia General, encargado de planear, organizar, dirigir y controlar todas las actividades operativas del CGBVP. Está a cargo de un Ofi cial General, denominado Director General de Operaciones, quien forma parte del personal voluntario de la institución y ejerce sus funciones a titulo gratuito. Son funciones de la Dirección General de Operaciones: 33.1 Formular, proponer, evaluar, ejecutar y hacer cumplir las normas y procedimientos operativos en los