Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2013 (06/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 10º.- De las Funciones Son funciones del Vice Comandante General: 10.1 Asumir la titularidad del pliego y la representacion legal del CGBVP en ausencia, vacancia, muerte, licencia o impedimento temporal del Comandante General. 10.2 Supervisar las actividades de los organos de linea y organos desconcentrados del CGBVP. 10.3 Proponer al Comandante General los ascensos a los MORDAZA de Brigadier, MORDAZA Brigadier y Capitan. 10.4 Proponer al Comandante General los MORDAZA Organicos de las Comandancias Departamentales. 10.5 Proponer al Comandante General la designacion de los Jefes de las Companias de Bomberos. 10.6 Proponer al Comandante General la creacion o eliminacion de Brigadas en las Comandancias Departamentales senalando su jurisdiccion, fines competencias y atribuciones. 10.7 Emitir opinion sobre el reconocimiento de nuevas companias de bomberos. 10.8 Emitir Resoluciones de Vice Comandancia General en materias de su competencia. 10.9 Supervisar la ejecucion de las disposiciones que emite la Comandancia General. 10.10 Despachar la documentacion en materia operativa, clasificada por la Secretaria General, que corresponda remitirse a los organos de linea y organos desconcentrados. 10.11 Supervisar el cumplimiento de las resoluciones, reglamentos, normas y directivas a nivel operativo de la entidad. 10.12 Supervisar la actualizacion el escalafon institucional, legajo personal y sistemas referidos al personal voluntario del CGBVP, conforme a lo senalado en el Reglamento de Escalafon y Disciplina del CGBVP. 10.13 Las demas funciones que le MORDAZA asignadas por el Comandante General. Articulo 11º.- Del Consejo de Oficiales Generales El Consejo de Oficiales Generales esta conformado por los Brigadieres Generales y Brigadieres Mayores en actividad, quienes ejercen sus funciones a titulo gratuito. La Secretaria General brindara el apoyo logistico y administrativo que requiera el Consejo de Oficiales Generales para su funcionamiento. Articulo 12º.- De las Funciones del Consejo de Oficiales Generales Son funciones del Consejo de Oficiales Generales: 12.1 Elegir al Comandante General, al Vicecomandante General y al Presidente del Consejo Nacional de Disciplina. 12.2 Aprobar los ascensos a los MORDAZA de Brigadier General y Brigadier Mayor, conforme a lo establecido en el Reglamento de Escalafon y Disciplina. 12.3 Proponer al Comandante General las ternas para la designacion de los Comandantes Departamentales. 12.4 Proponer a la Comandancia General para su aprobacion el Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Oficiales Generales. 12.5 Los Oficiales Generales en situacion de actividad en cuadro conformaran un Consejo Consultivo encargado de brindar asesoramiento a la Comandancia General, a solicitud del Comandante General, quien lo convoca. Esta funcion es ejercida ad honorem. Articulo 13º.- Del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Oficiales Generales El Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Oficiales establecera los supuestos de sesiones ordinarias, extraordinarias, el quorum para sesionar, el quorum para adoptar decisiones, entre otros. Las funciones senaladas en los literales 12.2) y 12.3) del articulo precedente, deben ser realizadas hasta el MORDAZA MORDAZA del mes de enero de cada ano, para lo cual, corresponde al Comandante General realizar la respectiva convocatoria, con la debida anticipacion, bajo responsabilidad. Articulo 14º.- De la Secretaria General La Secretaria General es el organo dependiente del Comandante General, encargado de gestionar,

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013

coordinar y supervisar las actividades de los organos de asesoramiento y apoyo, constituyendose en la MORDAZA autoridad administrativa del CGBVP. Es el nexo de coordinacion entre la Alta Direccion y los organos de asesoramiento y apoyo. Esta a cargo del Secretario General quien es un funcionario designado por el Comandante General y forma parte del personal remunerado del CGBVP. Son funciones de la Secretaria General: 14.1 Preparar la agenda y cursar las citaciones a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo de Oficiales Generales. 14.2 Tramitar oportunamente a las instancias correspondientes, los pedidos y acuerdos del Consejo de Oficiales Generales. 14.3 Supervisar que los acuerdos en materia administrativa del Consejo de Oficiales Generales se cumplan. 14.4 Supervisar el cumplimiento del Reglamento de Organizacion y Funciones, Reglamento Interno, Resoluciones, Normas y Directivas especificas en el ambito administrativo del CGBVP. 14.5 Emitir Resoluciones de Secretaria General en materias de su competencia. 14.6 Ejecutar, cumplir y hacer cumplir las disposiciones que emita la Comandancia General, en materia administrativa. 14.7 Clasificar la documentacion de materia operativa del CGBVP para su remision a la Vice Comandancia General. 14.8 Certificar la autenticidad de las normas y documentos emitidos por las instancias del CGBVP. 14.9 Coordinar la defensa juridica de la institucion. 14.10 Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestion de los organos de apoyo y de asesoramiento, informando periodicamente a la Comandancia General sobre el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. 14.11 Organizar, dirigir y supervisar el tramite documentario institucional en lo referente a los organos de asesoramiento y apoyo, asi como el archivo de toda la documentacion del CGBVP y establecer los mecanismos para lograr oportunidad y seguridad en la atencion del tramite documentario y de archivo de la institucion. 14.12 Nombrar a los integrantes del Comite Especial para los procesos de seleccion conforme lo establece la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. 14.13 Expedir Directivas sobre asuntos administrativos del CGBVP para el adecuado funcionamiento de las unidades organicas que se encuentran bajo su supervision, manteniendo vigente el registro de las mismas. 14.14 Supervisar la actualizacion permanente del MORDAZA de Transparencia del CGBVP. 14.15 Disponer las acciones necesarias para garantizar una ejecucion presupuestal eficiente, en el MORDAZA de la normatividad vigente; 14.16 Otras funciones que le encomiende y/o delegue el Comandante General. TITULO III DE LOS ORGANOS DE CONTROL CAPITULO I CONSEJO NACIONAL DE DISCIPLINA Articulo 15º.- Del Consejo Nacional de Disciplina El Consejo Nacional de Disciplina es el organo encargado de investigar, procesar y sancionar las faltas disciplinarias cometidas por los bomberos voluntarios y bomberos alumnos voluntarios, con ocasion de sus funciones como bomberos o por sus acciones en el ejercicio de los cargos del CGBVP, por la contravencion a las normas y disposiciones que rigen o resultan de aplicacion a la institucion, o, por la transgresion a los deberes de acceso y permanencia en el CGBVP. Se encuentra presidido por el Presidente del Consejo Nacional de Disciplina, quien es elegido por el Consejo

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