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El Peruano Jueves 6 de junio de 2013 496587 de Instrucción Departamental, quien forma parte del personal voluntario de la institución y ejerce sus funciones a título gratuito. Son funciones de la Jefatura de la Unidad de Instrucción Departamental: 54.1 Ejecutar en coordinación con la Dirección General del Centro de Instrucción, todas las actividades de capacitación dentro de su jurisdicción. 54.2 Proponer la relación de bomberos alumnos de las Compañías de su Jurisdicción. 54.3 Otras funciones relacionadas con la capacitación de voluntarios que le sean encomendadas por la Dirección General del Centro de Instrucción. Artículo 55º.- De las Unidades de Operaciones Departamental La Unidad de Operaciones es el órgano encargado de planear, organizar, dirigir y controlar todas las actividades operativas dentro de la jurisdicción de la Comandancia Departamental. Está a cargo de un Ofi cial General o Superior, denominado Coordinador de la Unidad de Operaciones, quien forma parte del personal voluntario de la institución y ejerce sus funciones a título gratuito. Son funciones de las Unidades de Operaciones Departamentales: 55.1 Ejecutar y hacer cumplir las normas y procedimientos operativos en los casos de incendios, rescates, desastres y todo tipo de emergencias dentro de la jurisdicción de la Comandancia Departamental. 55.2 Controlar las funciones de los sistemas de comunicación interna de emergencias de la Comandancia Departamental. 55.3 Realizar inspecciones programadas o inopinadas a todas las dependencias de la Comandancia Departamental, para asegurar el cumplimiento técnico operativo de procedimientos, normas y reglamentos. 55.4 Otras funciones que le sean encomendadas por la Vice Comandancia Departamental. Artículo 56º.- De las Unidades de Prevención e Investigación Departamental La Unidad de Prevención e Investigación Departamental, es la encargada de ejecutar los Planes de Campañas de Prevención de incendios dentro de su jurisdicción. Está a cargo de un Ofi cial Superior u Ofi cial, denominado Coordinador de la Unidad de Prevención e Investigación Departamental, quien forma parte del personal voluntario de la institución y ejerce sus funciones a título gratuito. Son funciones de la Unidad de Prevención e Investigación Departamental: 56.1 Ejecutar los planes de Campaña prevención de incendios dirigidos a la comunidad en general dentro de su jurisdicción. 56.2 Distribuir el material instructivo sobre prevención de incendios a la Comunidad en General. 56.3 Desarrollar campañas de difusión de prevención en su jurisdicción, mediante los medios de comunicación con distribución de material didáctico, como stickers, revistas, imantados, llaveros y otros proporcionados por la Dirección General de Prevención e Investigación, difundiendo la atención de las emergencias por medio de la Central de Emergencia del CGBVP. 56.4 Realizar tareas de investigación sobre incendios para formular normas y procedimientos operativos que permitan evitar o prevenir riesgos dentro de la jurisdicción de la Comandancia Departamental. 56.5 Otras funciones que le sean encomendadas por la Dirección General de Prevención e Investigación de Incendios. Artículo 57º.- De las Brigadas Las Brigadas son grupos funcionales integrados por no menos de tres, ni más de seis, Compañías de Bomberos, agrupadas para prestar sus servicios en un ámbito territorial determinado, dentro de una jurisdicción departamental. Son creadas o eliminadas a propuesta del Comandante Departamental, por resolución del Comandante General, con opinión técnica favorable de la Dirección General de Operaciones y visación de la Vice Comandancia General, señalando su jurisdicción, fi nes competencias y atribuciones. Están a cargo del Jefe de Brigada, quien forma parte del personal voluntario de la institución y ejerce sus funciones a título gratuito. Son funciones del Jefe de Brigada: 57.1 Coordinar con la Vice Comandancia Departamental de su jurisdicción, lo relacionado al funcionamiento operativo de las Compañía de Bomberos que se encuentran en su ámbito de competencia. 57.2 Supervisar el servicio operativo de las Compañías de Bomberos que se encuentran en su ámbito de competencia. 57.3 Aplicar los planes de contingencia en caso de incendios o desastres dentro de su jurisdicción. 57.4 Coordinar con el Primer Jefe de Compañía las diferentes acciones operativas que determine la Comandancia Departamental. 57.5 Supervisar la operatividad de máquinas y equipos de las Compañías de Bomberos que se encuentran en su ámbito de competencia. 57.6 Supervisar al personal voluntario de las Compañías de Bomberos que se encuentran en su ámbito de competencia. 57.7 Proponer a la Comandancia Departamental la realización de simulacros y ensayos de los planes de contingencia. 57.8 Supervisar el control de las guardias nocturnas de las Compañías de Bomberos que se encuentran en su ámbito de competencia. 57.9 Otras funciones que le asigne el Comandante Departamental de acuerdo a su competencia. Artículo 58º.- De las Compañías de Bomberos Las Compañías de Bomberos agrupan a los Bomberos Voluntarios y constituyen las unidades básicas y operativas del CGBVP. Son creadas, reconocidas y autorizadas por la Comandancia General. Dependen jerárquica, económica, administrativa y operativamente de las Comandancias Departamentales. Se encuentran a cargo del Primer Jefe de Compañía, quien forma parte del personal voluntario de la institución y ejerce sus funciones a título gratuito. Son Funciones del Primer Jefe de la Compañía de Bomberos: 58.1 Representar al CGBVP, dando cuenta a su Comandancia Departamental, ante las autoridades locales del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastre (SINAGERD), y entidades que los conforman. 58.2 Ejecutar el servicio operativo de atención de emergencias. 58.3 Controlar el servicio operativo del personal voluntario de la Compañía de Bomberos. 58.4 Aplicar los planes de contingencia en caso de incendios o desastres en el ámbito de la Compañía de Bomberos. 58.5 Coordinar con el Comando de Unidad las diferentes acciones administrativas y operativas que determine la Comandancia Departamental y el Jefe de Brigada. 58.6 Controlar la operatividad de máquinas y equipos de la Compañía de Bomberos. 58.7 Supervisar y controlar el comportamiento del personal voluntario dentro de la Compañía de Bomberos. 58.8 Realizar el control de las guardias nocturnas de la Compañía de Bomberos. 58.9 Proponer a la Comandancia Departamental los ascensos a los grados de Teniente y Subteniente del personal de la Compañía de Bomberos. 58.10 Otras funciones que le asigne el Comandante Departamental y el Jefe de Brigada de acuerdo a su competencia.