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El Peruano Jueves 6 de junio de 2013 496573 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza N° 00114/MDSA.- Aprueban Ordenanza que regula el otorgamiento de licencias de funcionamiento, autorización de anuncios publicitarios y/o toldos en el Distrito de Santa Anita 496647 D.A. N° 00003-2013/MDSA.- Aprueban cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014 en el Distrito de Santa Anita 496650 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza N° 294-MDS.- Aprueban Ordenanza que prohíbe realizar pintas no autorizadas en la vía de uso público, monumentos, mobiliario urbano, cierre de obras, muros y paredes de predios públicos y privados, y en general en cualquier bien de dominio público en el Distrito de Surquillo 496651 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza N° 165/MVMT.- Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el Año Fiscal 2014 496652 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. N° 314-2013 MTC/03.- Proyecto de Decreto Supremo que modifi ca el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2005-MTC 496653 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú DECRETO SUPREMO Nº 063-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27067, se promulgó la Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, estableciendo que el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP, es una entidad con personería jurídica de derecho público interno; y que constituye un pliego presupuestal de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por Decreto Supremo Nº 031-99-PCM modifi cado por Decreto Supremo Nº 106-2010-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú – CGBVP; Que, asimismo por Resolución Ministerial Nº 128-2000- PCM se aprobó el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú que desarrollan las funciones, estructura básica y relaciones de sus órganos; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los ciudadanos; Que, por Decreto Supremo Nº 048-2010-PCM se aprobó la actualización de la califi cación y relación de los Organismos Públicos que establece el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, en la cual el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú – CGBVP es califi cado como Organismo Público Ejecutor, encontrándose adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que una vez califi cadas, todas las Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, adecuarán sus organizaciones y funciones a lo establecido en la citada Ley; Que, el artículo 33º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº043-2006-PCM, establece que la Secretaría de Gestión Pública es la encargada de verifi car que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones propuesto, así como los informes técnicos remitidos, se ajusten a lo dispuesto por los Lineamientos antes mencionados y por la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, con Informe Nº 060-2012-PCM-SGP.MLQ la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros emite opinión técnica favorable, sobre la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, que consta de once (11) Títulos, Sesenta y dos (62) artículos, una (1) Disposición Complementaria Transitoria y un (1) Organigrama Estructural, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.-Publicación El Reglamento de Organización y Funciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú aprobado en el artículo precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (www.bomberosperu.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente decreto supremo en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.