Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (07/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 104

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013 496766 www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 947295-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Ordenanza que regula beneficios tributarios a favor de contribuyentes que cumplan con regularizar obligaciones tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ORDENANZA MUNICIPAL Nº 249-MDSJM San Juan de Mirafl ores 28 de mayo del 2013 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de mayo del 2013, el Memorándum Nº454-2013-GR-MDSJM de fecha 10 de mayo del 2013, el Informe Nº318-2013-GAJ- MDSJM de fecha 13 de mayo del 2013, el Memorándum Nº 366-2013-GM-MDSJM de fecha 14 de mayo del 2013, el Proyecto de Ordenanza que otorga Benefi cios Tributarios por la Regularización y/o Actualización de Información Predial, como resultado de las Acciones de Fiscalización Tributaria y/o Procedimiento de Actualización Catastral; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por el artículo Único de la Ley 28607 - Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley 27783 -Ley de bases de la Descentralización y el artículo II de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política; económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante el Art. 40 de la citada Ley 27972, establece que las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; asimismo mediante ellas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modifi catorias señala en el segundo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar y en el artículo 41º que: “Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modifi car, suprimir contribuciones, tasas y derechos municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, así como excepcionalmente podrán condonar con carácter general el interés moratorio y otras sanciones respecto de los tributos que administran”; Que, el artículo 62 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo 135-99-EF, señala que la facultad de fi scalización de la Administración Tributaria es discrecional y se ejerce de acuerdo a lo establecido en la parte fi nal de citada Norma IV del Título Preliminar; Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que los contribuyentes se encuentran obligados a presentar declaración jurada del impuesto predial: por transferencia de dominio de un predio, así como cuando el predio sufra modifi caciones en sus características que sobrepasen al valor de cinco (5) UIT; y cuando así lo determine la administración tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fi n; Que, con fecha 15 de Abril del 2008, mediante Resolución Gerencial No 0164-2008-GM-MDSJM, se aprobó el Proyecto “ Mejoramiento del Sistema Catastral de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, posteriormente se aprobó la ejecución de la II etapa del referido proyecto mediante Resolución de Gerencia Municipal No 0234-2009-GM-MDSJM, habiendo concluido el referido Proyecto teniendo como resultado 67,551 unidades catastrales de las diferentes Zonas del Distrito. se ejecutando el levantamiento de 60,000 Unidades Catastrales en el Distrito. Que, como producto del trabajo realizado la Gerencia de Rentas procedió a realizar el cruce de la información catastral levantada en campo con la información predial registrada en el Sistema de Administración Tributaria (SATMUN) en cuyo resultado se ha detectado que existen un numero de 27,000 predios que presentan diferencias entre la Declaración Jurada registrada en la base de datos del Predial y las verifi caciones catastrales realizadas, por lo que resulta necesaria la actualización de la información contenida en la base de datos del Sistema Predial de la Subgerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores , a fi n de sincerar la información existente; Que, mediante Memorándum Nº 454-2013-GR- MDSJM de fecha 10 de Mayo del 2013, la Gerencia de Rentas, considera conveniente dentro de la política de formalización y sinceramiento de la Información Distrital brindar facilidades a los contribuyentes a fi n que regularicen voluntariamente la información de su predio ubicado dentro del Distrito y que no han cumplido con actualizar la Declaración Jurada de Autoavalúo en los plazos que la Ley determina; Que, por lo expuesto la Gerencia de Rentas pone a consideración, evaluación y trámite el proyecto de Ordenanza de “Benefi cios Tributarios por Regularización y/o Actualización de la Información del Predial, como resultado de las Acciones de Fiscalización Tributaria y/o Procedimiento de Actualización catastral”; Que, con Informe Legal Nº 0318-2013-GAJ-MDSJM de fecha 13 de mayo del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el Proyecto de Ordenanza de “Benefi cios Tributarios por Regularización y/o actualización de la Información Predial, como resultado de las acciones de fi scalización tributaria y/o procedimiento de actualización catastral” se ajusta al marco normativo establecido por ley, por lo que considera procedente su aprobación por el Concejo Municipal; Que, estando a lo dispuesto en los Artículos 40º y 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y contando con el voto Mayoría de los señores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 249-MDSJM “BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR LA REGULARIZACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN PREDIAL, COMO RESULTADO DE LAS ACCIONES DE FISCALIZACION TRIBUTARIA Y/O PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN CATASTRAL” Artículo 1º.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene como objetivo regular benefi cios tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes del distrito de San Juan de Mirafl ores que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias formales y sustanciales del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, generadas como resultado de acciones de Fiscalización Tributaria y/o Procedimiento de actualización catastral; sea cual fuere el estado en el que la deuda se encuentre.