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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (22/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 95

El Peruano Sábado 22 de junio de 2013 497829 Capacitación de la XXXIII Reunión de Ministros del Interior, Justicia y Seguridad del MERCOSUR y Estados Asociados. CONSIDERANDO: Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 163-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 12 de junio de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en misión de estudios del Coronel de la Policía Nacional del Perú Jorge Álvaro PÉREZ FLORES, para que participe del 23 al 28 de junio de 2013, en el “Seminario sobre Políticas de Prevención del Desvío de Productos Farmacéuticos y Sustancias Químicas Controladas”, a realizarse en la Escuela Nacional de Policía, de la República Oriental del Uruguay; Que, con Memorándum Nº 215-2013-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI del 13 de junio de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en misión de estudios del Ofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú antes indicado, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, es conveniente para el interés institucional autorizar el viaje al exterior del referido funcionario policial, para que participe en el “Seminario sobre Políticas de Prevención del Desvío de Productos Farmacéuticos y Sustancias Químicas Controladas”; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del orden interno y orden público dentro del ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú; teniendo en consideración que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto serán cubiertos por el Estado peruano, en ese sentido mediante declaración jurada simple, se compromete a asumir cualquier otro gasto que genere su desplazamiento y estadía en dicho evento, y a no realizar ningún tipo de trámite administrativo, ni judicial a efectos de reclamar viáticos; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002- 2012-IN y el Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Jorge Álvaro PÉREZ FLORES, para que participe del 23 al 28 de junio de 2013, en el “Seminario sobre Políticas de Prevención del Desvío de Productos Farmacéuticos y Sustancias Químicas Controladas”, a realizarse en la Escuela Nacional de Policía, de la República Oriental del Uruguay. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora de la Dirección General de Administración del Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 6 X 1 = 2,220.00 2.70 5,994.00 Pasajes aéreos US$ 1,506.40 X 1 = 1,506.40 2.70 4,067.28 10,061.28 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el Ofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú designado, deberá presentar ante el titular del sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 954026-3 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Procurador Público Adjunto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN SUPREMA N° 072-2013-JUS Lima, 21 de junio de 2013 VISTOS, el Ofi cio N.º 486-2013-JUS/CDJE-ST y Hoja de Envío N.º 120-2013-JUSDH/CDJE-ST, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; y, los Ofi cios N.º 845-2013-JUS/PPMJ y N.º 846-2013-JUS/ PPMJ, del Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N.º 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo N.º 1068 mencionado, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 13º de la citada norma dispone que los Procuradores Públicos Adjuntos están facultados para ejercer la defensa jurídica del Estado, coadyuvando a la defensa que ejerce el Procurador Público, contando con