Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2013 (22/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Sabado 22 de junio de 2013

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y Sustancias Quimicas Controladas", a realizarse en la Escuela Nacional de Policia, de la Republica Oriental del Uruguay. Articulo 2.- Los gastos por concepto de viaticos y pasajes aereos, incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora de la Direccion General de Administracion del Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente:
Importe Dias Viaticos US$ 370.00 6 Pasajes aereos US$ 1,506.40 X X Personas T/C Total S/. 1 = 2,220.00 2.70 5,994.00 1 = 1,506.40 2.70 4,067.28 10,061.28

Capacitacion de la XXXIII Reunion de Ministros del Interior, Justicia y Seguridad del MERCOSUR y Estados Asociados. CONSIDERANDO: Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 163-2013DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 12 de junio de 2013, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, estima conveniente que el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al exterior en mision de estudios del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe del 23 al 28 de junio de 2013, en el "Seminario sobre Politicas de Prevencion del Desvio de Productos Farmaceuticos y Sustancias Quimicas Controladas", a realizarse en la Escuela Nacional de Policia, de la Republica Oriental del Uruguay; Que, con Memorandum Nº 215-2013-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI del 13 de junio de 2013, el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa de viaje al exterior en mision de estudios del Oficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA indicado, el mismo que irrogara gastos al Estado peruano; Que, es conveniente para el interes institucional autorizar el viaje al exterior del referido funcionario policial, para que participe en el "Seminario sobre Politicas de Prevencion del Desvio de Productos Farmaceuticos y Sustancias Quimicas Controladas"; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio del orden interno y orden publico dentro del ambito de competencia de la Policia Nacional del Peru; teniendo en consideracion que los gastos por concepto de viaticos y pasajes aereos, incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto seran cubiertos por el Estado peruano, en ese sentido mediante declaracion jurada simple, se compromete a asumir cualquier otro gasto que genere su desplazamiento y estadia en dicho evento, y a no realizar ningun MORDAZA de tramite administrativo, ni judicial a efectos de reclamar viaticos; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepcion adicionales a las senaladas en los literales del articulo en mencion, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0022012-IN y el Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policia Nacional del Peru. SE RESUELVE: Articulo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en mision de estudios, del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe del 23 al 28 de junio de 2013, en el "Seminario sobre Politicas de Prevencion del Desvio de Productos Farmaceuticos

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el Oficial Superior de la Policia Nacional del Peru designado, debera presentar ante el titular del sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Publico Adjunto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA N° 072-2013-JUS
MORDAZA, 21 de junio de 2013 VISTOS, el Oficio N.º 486-2013-JUS/CDJE-ST y Hoja de Envio N.º 120-2013-JUSDH/CDJE-ST, del Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado; y, los Oficios N.º 845-2013-JUS/PPMJ y N.º 846-2013-JUS/ PPMJ, del Procurador Publico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N.º 1068, se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el articulo 7º del Decreto Legislativo N.º 1068 mencionado, establece que es atribucion del Consejo de Defensa Juridica del Estado, entre otras, proponer la designacion de los Procuradores Publicos del Poder Ejecutivo; Que, el articulo 13º de la citada MORDAZA dispone que los Procuradores Publicos Adjuntos estan facultados para ejercer la defensa juridica del Estado, coadyuvando a la defensa que ejerce el Procurador Publico, contando con

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