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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (22/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 99

El Peruano Sábado 22 de junio de 2013 497833 Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 953320-1 Declaran la Alerta Verde en los establecimientos de salud a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 355-2013/MINSA Lima, 20 de junio del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-058325-001, que contiene la Nota Informativa N° 124-2013-OMDC-OGDN/MINSA y el Informe Técnico Nº 10-2013-COE-OMDC-OGDN/MINSA, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 517-2004/ MINSA se aprobó la Directiva Nº 036-2004-OGDN/ MINSA-V.01 “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicación de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la referida Directiva establece que la Alerta Verde es la situación de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen las acciones preparativas; Que, con Decreto Supremo N° 123-2012-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 062-2013-PCM, se declararon días no laborables para los trabajadores del Sector Público a nivel nacional, durante el año 2013, entre otros, los días jueves 27 y viernes 28 de junio, a efecto de fomentar el desarrollo del turismo interno, el cual constituye un instrumento dinamizador de las economías locales y contribuye al conocimiento no sólo de los atractivos turísticos, sino de las distintas realidades de las poblaciones de nuestro país; Que, a través del Informe Técnico del visto, la Oficina General de Defensa Nacional señala que entre los días 27, 28, 29 y 30 de junio del presente año, es previsible la presencia de determinadas situaciones, como son el desplazamiento a gran escala de ciudadanos a diferentes destinos turísticos del país, la congregación masiva de personas hacia los diferentes centros comerciales en cada localidad, el incremento de la ingesta de alimentos expedidos en forma comercial y a gran escala, la aglomeración de productos altamente inflamables, la alteración del orden y la tranquilidad pública a través de actos violentos, entre otros, que podrían desencadenar la ocurrencia de eventos adversos masivos, por lo que, recomienda a la Alta Dirección declarar en Alerta Verde los establecimientos de salud a nivel nacional, a partir de las 08:00 horas del día miércoles 26 de junio hasta las 08:00 horas del día lunes 1 de julio de 2013; Que, ante dicha estimación del riesgo, resulta necesario adecuar la capacidad de respuesta del Sector Salud, a efecto de atender en forma oportuna y adecuada dichas situaciones; Estando a lo propuesto por la Ofi cina General de Defensa Nacional; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la Alerta Verde en los establecimientos de salud a nivel nacional, a partir de las 08:00 horas del día miércoles 26 de junio hasta las 08:00 horas del día lunes 1 de julio de 2013. Artículo 2º.- Disponer que las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 036-2004-OGDN/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobada con Resolución Ministerial N° 517-2004/MINSA, puedan incrementar la alerta al nivel que corresponda, conforme al área comprometida a su jurisdicción. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Defensa Nacional, a través de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces, se encarguen de difundir, supervisar y evaluar la aplicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Las acciones que se deriven de la aplicación de la presente Resolución Ministerial se sujetarán a las normas legales vigentes. Artículo 5°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 953320-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el “Formato de Elección del Sistema Pensionario” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 112-2013-TR Lima, 21 de junio de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 47112-2012-SBS de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de fecha 13 de diciembre de 2012; y, el Informe Nº 036-2013-MTPE2/14.1 de fecha 15 de mayo de 2013 de la Dirección de Políticas y Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 10° y 11° de la Constitución Política del Perú establecen que el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la Seguridad Social y garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas; Que, la Ley Nº 28991 establece en el segundo párrafo de su artículo 16°, modifi cado por el artículo 5° de la Ley N° 29903, que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo establecerá el formato de elección del sistema pensionario mediante el cual los trabajadores que ingresen por primera vez a un centro laboral podrán decidir incorporarse al sistema pensionario de su preferencia; Que, en consideración a lo expuesto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha elaborado el “Formato de Elección del Sistema Pensionario”, realizando las coordinaciones necesarias con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones, así como con la Ofi cina de Normalización Previsional; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Director General de Trabajo y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder